05 octubre 2015

FINALIZACIÓN DEL PERIODO DE CONSULTAS ERE 2015-2016

                      VALORACIÓN DE LA SECCIÓN SINDICAL DE LAB 

La sección sindical de LAB en kayaba hace una valoración negativa del acuerdo alcanzado hoy con la empresa. Después de 15 días de negociaciones, todos los miembros del comité hemos firmado el acuerdo. Pese a que ninguna sección sindical estábamos conformes con el resultado de las negociaciones,el no haberlo firmado habría dejado a los trabajadores en peores condiciones para soportar el ERE que nos van a aplicar. Lo único positivo de estas negociaciones ha sido la actitud del comité,que ha estado unido en todo momento buscando todo tipo de alternativas. Pese a esta unión nos hemos encontrado con el muro de la empresa, que amparada en la reforma laboral no ha entrado a valorar ninguna de las propuestas de la parte social. que ha vuelto a mostrar una vez más su cara más prepotente y antisocial.


                                                                                         ACUERDO ERE


Ø  Minimizar el ERE tanto cuantitativamente (reducir el número de días de regulación de 51 a 45 en el 2015fFY y de 28 a 20 días en el 2016FY) como cualitativamente (reducir el número de trabajadores afectados por el ERE o en su caso le porcentaje de afección a cada uno de ellos). Estas reducciones son fruto de las dos medidas siguientes:

Formación: La empresa reduce  en 3 días el número de días planteados para el 2015 FY y otros 3 días más para el 2016 FY.

Mantenimiento preventivo: La empresa estaría dispuesta a reducir en 2,5 días el número de días planteados para el 2015 FY y otros 5 días más para el 2016 FY.



Ø  Bajas incentivadas: La empresa abrirá un periodo de solicitudes de bajas incentivadas, hasta el próximo 31 de Octubre, que contarán con un incentivo de 33 días por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades. La empresa mantendrá en todo caso la posibilidad de aceptación o rechazo de dichas solicitudes. Estas bajas se realizarán de forma inmediata e irrevocable.

Ø  No quedará afectada la parte proporcional de vacaciones por efecto del expediente de regulación de empleo suspensivo.

Ø  Mayores de 55 años: La empresa eximirá de los efectos de la regulación suspensiva a aquellos trabajadores mayores de 55 años que lo soliciten por escrito y justifiquen documentalmente ante el departamento de RR.HH. que su cumplimiento pueda conllevar una imposibilidad para acogerse a una posible futura jubilación parcial al no alcanzar el número mínimo de años cotizados.

Ø  Reducción de jornada: La empresa se compromete a estudiar todas las solicitudes presentadas antes del 31 de Octubre, y aceptarlas si es organizativamente posible. La vigencia de esta medida tendrá una duración limitada hasta el fin del ERE, tras la cual se reincorporará al 100%. Las reducciones de jornada aceptadas conllevarán la reducción salarial en igual proporción y fecha. En cualquier caso, la empresa podrá rescindir el acuerdo de reducción siempre que justificadamente las circunstancias que lo propiciaron cambien.

Ø  Suspensiones temporales: La empresa acordará con aquellos trabajadores que lo soliciten una suspensión del contrato de trabajo, con garantía de reincorporación al finalizar la misma al antiguo puesto de trabajo en iguales condiciones que las actuales, con una fecha máxima de reincorporación del 31 de Marzo del 2017, sin que el trabajador reciba cantidad económica alguna, ni devengue antigüedad durante ese periodo. Al finalizar la suspensión voluntaria, el trabajador podrá optar, siempre por escrito al departamento de RR.HH., por reincorporarse a la empresa o acogerse a la baja incentivada descrita en el segundo punto de este acompañamiento social. Pasados 15 días de la fecha prevista de reincorporación, y no tomada ninguna opción de las previstas, se extinguirá toda relación laboral entre la empresa y el trabajador, salvo causa de fuerza mayor que haya impedido su comunicación.

Ø  Jubilados parciales y relevistas: Se propone hablar individualmente con cada uno de ellos y ver la posibilidad de encontrar una solución conjuntamente con las dos partes, para evitar que tengan que abrir el paro.

Complementación: La empresa complementará con 15,50€ por día natural para cada trabajador regulado de manera lineal durante toda la vigencia del mismo
CALENDARIOS ERE

2015FY
2016FY
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RESULTADO DE LAS VOTACIONES DEL CALENDARIO AÑO 2016 FY

Resultado de las votaciones del calendario del año 2016 FY
 

    PROPUESTA CALENDARIO Nº 1: 58 VOTOS

    PROPUESTA CALENDARIO Nº 2: 70 VOTOS


  Por lo tanto este es el calendario oficial para el año 2016 FY (pincha aquí) 
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