31 diciembre 2012

Los trileros forales, quién nos roba el dinero

Dicen que hay crisis, que no hay dinero, que hemos vivido por encima de nuestras posibilidades, que toca apretarse el cinturón, que hemos derrochado la pasta, pero... ¿qué es lo que ha ocurrido realmente? ¿A dónde han ido a parar esos miles de millones de euros de los y las navarros y navarras? La respuesta es a un entramado político-empresarial con prácticas mafiosas. Los mismos que ahora nos arrebatan nuestros derechos, violan nuestras coberturas sociales y nos quieren abocar a la miseria, la ruina y la pobreza. 

Ateak Ireki y Herri Ekimena han rodado una trilogía de documentales donde se destapa gran parte de todas estas criminales operaciones que han enriquecido a unos pocos y nos ha condenado a nosotros y a las futuras generaciones de navarros a pagar durante décadas.

El primero de estos documentales desentraña y explica la maraña donde políticos de UPN-PP y del PSN se han repartido millones y los han despilfarrado en oscuras operaciones donde se han repartido como carroñeros el dinero público, que es como decir el dinero de todos, y el motivo por el que ahora dicen que no pueden pagar la educación o la sanidad públicos, que nuestras pensiones están en peligro o que ya no podemos cobrar tanto paro. No podemos hacerlo porque NOS HAN ROBADO. Y nos han robado unos personajes con nombre y apellidos. Empresarios con nombre y apellidos y políticos con nombre y apellidos.

Con todos vosotros, la primera parte de la trilogía de documentales, acertadamente titulada ¿Quién se ha llevado los dineros?: Los trileros forales.

Vedlo y difundidlo todo lo que podais entre vuestros amigos, familiares y conocidos. Aireemos las vergüenzas de aquellos que nos están lelvando a la ruina.


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21 diciembre 2012

Enfermedad durante las vacaciones


            La persona trabajadora que se ponga enferma durante sus vacaciones tiene derecho a recuperar esos días de descanso y disfrutar de más vacaciones posteriormente en otro periodo, según una sentencia que acaba de dictar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y que es aplicable inmediatamente en todos los estados miembros.

            Hasta ahora, había que diferenciar entre la incapacidad temporal que surgía antes de las vacaciones que ya estaban fijadas previamente y lo que ocurría cuando la incapacidad temporal surgía durante las vacaciones que ya había empezado a disfrutar la persona trabajadora.

            En el primer caso (y ya fue una novedad cuando así se manifestó el Tribunal Supremo en el año 2.009), la persona trabajadora tenía derecho a disfrutar posteriormente los días de baja que se hubieran solapado con las vacaciones, es decir, a disfrutar esos días cuando hubiera recuperado la salud.

            No ocurría lo mismo si el o la trabajadora enfermaba durante las vacaciones, pues el mismo Tribunal Supremo entendía que la o el empresario tenía la obligación de garantizar que la persona trabajadora tuviera vacaciones
retribuidas, pero no estaba en sus manos que además las disfrutara íntegramente con buena salud.

            Ahora el TJUE ha cambiado por completo las reglas, precisamente al resolver una cuestión prejudicial que le había planteado el Tribunal Supremo para que aclarara si la normativa estaba en oposición con la directiva comunitaria en este sentido. Y la justicia europea ha concluido que efectivamente así es. Entiende que la finalidad del derecho a vacaciones anuales consiste en permitir que las y los trabajadores “descansen y dispongan de un período de ocio y esparcimiento”, una finalidad distinta a la del derecho a causar baja por enfermedad, que permite a los y las trabajadoras “recuperarse de una enfermedad que ha causado una incapacidad laboral”.

            Por lo tanto, y como conclusión, según el TJUE: “LA PERSONA TRABAJADORA TIENE DERECHO A DISFRUTAR DE SUS VACACIONES ANUALES RETRIBUIDAS COINCIDENTES CON UN PERIODO DE BAJA POR ENFERMEDAD EN UN MOMENTO POSTERIOR, CON INDEPENDENCIA DEL MOMENTO EN QUE HAYA SOBREVENIDO ESA INCAPACIDAD TEMPORAL”.

* * *

            Oporraldian gaixotuko litzatekeen langileak berreskura ditzake atseden egun horiek eta opor egun gehiago egin ditzake beste aldi batean, Europako Batasuneko Justizia Epaitegiak eman berri duen eta estatu kide guztietan berehala ezarri behar den epaiaren arabera.

            Egun arte, aldez aurretik ezarria zegoen oporraldia baino lehen sortzen zen aldi baterako ezintasunaren eta oporraldian zegoen langileari sortzen zitzaion alde baterako ezintasunaren artean bereizten zen.

            Lehenengo adibideari dagokionez (berrikuntza 2.009. urtean gertatu zen, Auzitegi Gorenak iritzi bera azaldu zuenean), langileari, zegokion oporralditik, ezkutatu zitzaizkion baja-egunak erabil zitzakeen geroztik, hots, aipatu egunak sendatzean erabil zitzakeen. Ez zen beste hainbeste gertatzen langilea oporraldian gaixotzen bazen; Auzitegi Gorenaren iritzian, enpresariari egokitu arren langileei oporraldi ordainduak bermatzeko betebeharra, ez zegoen enpresariaren esku langileek opor osoak osasuntsu gozatzea.

            Oraingoan, Europako Batasuneko Justizia Epaitegiak guztiz aldatu ditu arauak: Auzitegi Gorenak proposatu epaiketa aurreko gaia erabaki duelako, honen harira, indarrean dagoen Europako Erkidegoaren zuzentaraua kontrajarrian zegoela argituz, hain zuzen. Eta Europako justiziak halaxe erabaki du. Honen aburuz, urteko oporraldia egiteko eskubidearen helburua langileek “atseden hartzean eta aisiarako eta aisialdirako beta edo aukera” uztean datza; bestelako helburua du gaixotasun baja hartu ahal izateko eskubideak, langileei lagatzen dielako “laneko ezintasuna eragin duen gaixotasunaz osatzea”.

            Hortaz, eta ondorio gisa, Europako Batasuneko Justizia Epaitegiaren arabera: “LANGILEARI DAGOZKION URTEKO OPORORDAINDUEZ GOZATZEKO ESKUBIDEA DAGOKIO, HAUEI EKIN ONDOREN GAIXOTASUN-BAJA ALDI BEREAN GERTATUKO BALITZ ERE, AIPATU ALDI BATERAKO EZINTASUNA JAZO DEN UNEA EDOZEIN DELA KONTUAN HARTU GABE”.

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17 diciembre 2012

Más sobre calendarios: arranque en enero y fechas de las votaciones

Hoy hemos elegido en el comité entre los dos calendarios que había presentado la empresa con un corredor de vacaciones y lo hemos añadido a los dos calendarios que han pasado la criba de la empresa. Como va a resultar muy complicado organizar unas votaciones antes de las vacaciones, y dado que en los tres calendarios el mes de enero es idéntico, se ha decido que las votaciones para elegir calendario serán el día 14 de enero.

El mes de enero se trabajará como podeis ver en la siguiente imagen, empezando el día 2 (haz click sobre ella para verla más grande):


Los tres calendarios entre los que hay que elegir son los que podeis encontrar en los siguientes enlaces:


Por otra parte ya tenemos fecha para reanudar las conversaciones del convenio. La próxima reunión tendrá lugar el 18 de enero, viernes.
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14 diciembre 2012

Se clarifican cosas sobre el calendario (empezamos el 2 de enero)

El martes subíamos los delegados de ELA y LAB a preguntar qué narices pasaba con el calendario y la respuesta fue que aún no habían decidido nada y que probablemente la empresa vendría con su propia propuesta, lo cual interpretamos como que podría tratar de imponerla, ante lo cual protestamos enérgicamente.
Armando nos dijo que para el miércoles tratarían de tener algo decidido y que esperaba poder decirnos lo que fuera esta misma semana. Y el jueves recibimos un e-mail de Dani Montero convocando a la comisión de productividad para tratar hoy viernes ese asunto y mostrar su postura.


Lo que ha salido de esa reunión es que la empresa retira uno de los tres calendarios que le presentamos y acepta los otros dos. Así mismo, la dirección presenta dos calendarios propios y solicita que el comité seleccione uno de ellos y lo incluya junto con los dos del comité para someterse a votación.

La novedad del calendario de la empresa sobre los nuestros es que establece una especie de corredor de vacaciones en verano entre los distintos turnos. Además la empresa advierte que no admitirá cambios de vacaciones con ese calendario, a menos que un trabajador llegue a título particular a un acuerdo con otro de otro turno para intercambiarse sus periodos de vacaciones durante el corredor.

Así pues, el lunes nos reunimos el comité para seleccionar el calendario de la empresa que irá a las votaciones y habrá 3 opciones entre las que elegir.

Como el tiempo se nos echa encima y puede resultarnos problemático exponer los calendarios para que todo el mundo los vea, realizar las votaciones y, si no sale uno por mayoría absoluta en primera vuelta tener que hacer otra votación, no descartamos que las votaciones se hagan después de las vacaciones.

En cualquier caso, en todos los calendarios que se van a presentar se empieza a trabajar el día 2, así que lo que es seguro es que el 2 de enero arrancamos el año y trabajamos 2, 3 y 4 (miércoles, jueves y viernes) y después viene el fin de semana, 5 y 6 y recordamos, porque muchos no lo sabeis, que EL DÍA 7 DE ENERO ES FESTIVO, debido a una de esas mamarrachadas a las que empieza a tenernos acostumbrados el gobierno del PP y que obliga a trasladar la festividad de Reyes, que cae en domingo, al lunes día 7, por lo que esos tres días, 5, 6 y 7, es fiesta.

Nosotros pensamos que la intención primera de la empresa era dejar morir los plazos del calendario y por el simple paso del tiempo acabar imponiendo el suyo, pero que el hecho de que subiéramos los delegados de LAB y ELA esta semana a intentar desbloquear el tema les ha obligado a replantearse su estrategia.

El caso es que de momento este año vamos a poder votar el calendario, aunque la empresa ya ha advertido que quiere vincular el calendario a la negociación del convenio, con lo que veremos en qué queda la cosa para próximos años.
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11 diciembre 2012

Calendario y reuniones del convenio

Hartos ya del silencio de la empresa respecto a estos dos temas y de la inacción del comité al respecto, esta mañana hemos subido los delegados de LAB y ELA a la oficina a preguntar por estas cuestiones, porque tanta dilación en el tiempo nos olía a chamusquina.

Hemos preguntado a Armando por estas dos cuestiones y su respuesta respecto al convenio ha sido la siguiente. Que se trata de un tema muy complejo debido a la reforma laboral y a que todavía no está firmado el convenio provincial del metal, que como sabeis también nos afecta, y que, aunque ya tenían parte del trabajo hecho, aún no tenían nada firme sobre lo que empezar a negociar, que aún estaban estudiando las implicaciones de la plataforma del comité. 

Lo que nos tememos, y así se lo hemos dicho, es que la empresa está dilatando artificialmente en el tiempo los plazos de negociación, dado que solo tenemos hasta el 7 de julio para llegar a un acuerdo. No hemos empezado a negociar (solo ha habido una reunión, el pasado 11 de octubre para presentar la plataforma) y desde entonces no nos ha llegado ninguna respuesta. Han pasado dos meses, tiempo más que sobrado para analizar las propuestas de la plataforma y la empresa no tiene ninguna intención, y así nos lo han dejado claro, de retomar las conversaciones hasta el año que viene.

Que quede claro que no vamos a dejar que jueguen a su antojo con los plazos, si en enero no comienzan inmediatamente las conversaciones, tendremos que empezar a tomar medidas, porque en pocos meses entraremos en tiempo de descuento con la espada de Damocles sobre la cabeza y no podemos permitir que la dirección juegue con esa baza.

En lo que atañe al calendario, efectivamente también malas noticias, como ya nos temíamos. La empresa dice que hay que intentar ajustar el calendario a las circunstancias de producción, y aunque eluden decir que nos van a imponer un calendario, parece que esa es la dirección que piensa emprender. En cualquier caso, esta misma semana saldremos de dudas. Armando también sugiere que pueden presentar un calendario para los tres primeros meses del año y hablar posteriormente del resto. 
Todo parece indicar dos cosas: que nos van a imponer un calendario y que querrán vincularlo a las negociaciones del convenio, introduciendo directamente en él las variaciones que consideren oportunas. Por supuesto todo de manera unilateral, como parece que le gusta hacer las cosas a la dirección actual.
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10 diciembre 2012

Convenio de AP

Como fuisteis varios los que os interesasteis por el convenio firmado en AP, previendo que quizá algo de lo que se ha acordado allí pueda verse reflejado en nuestro propio convenio, aquí os subimos el convenio completo firmado en Ororbia.

Podeis consultarlo entero en el siguiente enlace:

Convenio AP
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No ha podido ser

Como seguramente ya sabreis todos y todas, el pasado día 4 de diciembre, en pleno puente, se publicó la sentencia relativa al recurso que la empresa había interpuesto respecto a la declaración de nulidad del despido de Josetxo.

En el juzgado de primera instancia demostramos algo que todo el que tiene ojos en la cara en Kayaba sabe y ve a diario: que la empresa había manipulado y tergiversado las notas que había adjudicado a la plantilla con el único objetivo de despedir a los elementos que ella consideraba molestos (es decir, los más reivindicativos) y de asegurarse que sus afines y sumisos, los que le bailan el agua, no se vieran afectados.

La jueza estimó que la empresa efectivamente había incurrido en un ejercicio de discriminación, lo que también fue corroborado por la fiscal.

Sin embargo la empresa recurrió al tribunal superior de justicia de Navarra y por eso nosotros no tiramos las campanas al vuelo, porque sabíamos que ese tribunal, altamente politizado, con magistrados a la derecha de la derecha más recalcitrante, muy enlazada con el poder y estómagos agradecidos donde los haya, podía darnos un disgusto, no por disentir en las consideraciones jurídicas del juzgado de primera instancia, sino por puro servilismo a una de las grandes empresas del metal en Navarra, como es Kayaba.



Si en lugar de en Kayaba estuviéramos hablando de la Peluquería Mari Loli o de Recauchutados Manolo, estamos seguros de que la sentencia hubiera sido muy otra, pero los tentáculos de unas pocas empresas en Navarra son muy largos (Volkswagen, Faurecia, Dana, TRW,...) y lo cierto es que el peso de esas empresas con cientos de trabajadores y una trayectoria de años en nuestra comunidad foral no es pequeño a la hora de tomar decisiones judiciales. Era David contra Goliat, un simple obrero contra una multinacional que genera millones al año. Aun así lo hemos intentado y a punto hemos estado de lograrlo.

Buena suerte allá donde vayas, Josetxo, tu tiempo en Kayaba ha terminado injustamente, pero eso sí, con la cabeza alta.
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22 noviembre 2012

Se buscan chivatos


Estos días se ha levantado una enorme polémica a raíz de la nota colocada entre la puerta del Solenoide y el tablón de anuncios de la empresa, justo sobre un buzón, donde el departamento de recursos humanos solicita a los trabajadores que ejerzan como chivatos, confidentes, soplones, txotas, infiltrados, delatores o como queramos llamarlo.

                Hay que decir ante todo, que esa es una nota fechada en DICIEMBRE DE 2011, cuando nos encontrábamos desgraciadamente inmersos en una situación de despidos, huelgas y donde las situaciones tensas, debidas a la amenaza de despidos que pendía sobre nuestras cabezas, se sucedían contínuamente.

                La delación es vieja como el mundo, pero quienes alguna vez hayan viajado a Venecia, habrán podido ver sin duda alguno de los famosos Bocche di leone en el palacio ducal. En la Serenísima república de Venecia llevaron la delación anónima a un nuevo nivel, habilitando estos buzones con una vaga forma de cabeza de león donde cualquier ciudadano podía denunciar, anónimamente, las presuntas conductas delictivas o inapropiadas de sus conocidos.

Solo debían depositar una carta relatando los delitos de quien pretendía denunciar y el Consejo de los Diez, el tribunal veneciano, inmediatamente apresaba al denunciado y lo arrojaba a los pozzi, las infectas y lúgubres mazmorras donde morían a cientos aquejados de infecciones, epidemias y malos tratos. Ni que decir tiene que gran parte de estas denuncias eran falsas, ideadas por rivales políticos, amantes despechados, litigantes de tierras o simples envidiosos.


                Incluso no era infrecuente que el mismo Dogo, el tirano de la ciudad, enviase a alguno de sus esbirros a depositar cartas allí acusando a sus rivales. Una manera cómoda y fácil de librarse de elementos molestos.

                Más cercano en el espacio, en Navarra el pueblo de Zugarramurdi se vió sometido a las denuncias que una vecina trastornada y rencorosa efectuó ante la inquisición española. Ello llevó a la detención de 300 vecinos del valle, al proceso de 53 de ellos en Logroño y al ajusticiamiento de 11, que fueron quemados vivos.



                Retomando estas estupendas tradiciones, donde se obtienen declaraciones torticeras y de dudosa veracidad, en Kayaba nos ofrecieron no solo un buzón, sino también un número de teléfono y una dirección de e-mail, para actualizarse con los tiempos.

                La delación organizada nunca ha tenido como objetivo el recabar información sobre infracciones, sino la de sembrar la duda, la desconfianza y el temor entre grupos humanos. Todos sospechan que alguien pueda delatarles. Aparece el miedo a hablar libremente, al intercambio de opiniones. Rompen la confianza y dividen. Se crea el clima perfecto para inducir la indefensiónaprendida (buscadlo en youtube).

                Esto lo aprendieron muy bien los regímenes dictatoriales, donde la figura del chivato alcanzó incluso un estatus oficial. En las antiguas repúblicas de influencia soviética bastaba que uno de estos chivatos profesionales dijera una palabra para que apareciera la KGB o la Stasi y se llevase al infractor ideológico, hicieran sus "investigaciones" y éste acabase en un campo de reeducación siberiano donde durante 10 años se le enseñaba a amar al líder supremo y venerar al régimen mediante sucesivos lavados de cerebro.

                En el imaginario popular, es habitual usar la expresión "chivato de la guardia civil" para describir a una persona deleznable, traidora y poco de fiar. Y es que la calidad de las denuncias anónimas son muy deficientes. El denunciante se escuda en que el acusado va a permanecer ignorante de la identidad de su acusador para cometer todo tipo de tropelías y desmanes amparado en el anonimato.

                Esto además causa una indefensión evidente en el denunciado, que ni siquiera sabe que sobre él pesan sospechas, que está siendo investigado o que se van acumulando acusaciones de las que no puede responder, ignorante de las delaciones.

                El que esa nota de la empresa surgiese durante las huelgas del año pasado puede explicar -que no justificar en ningún caso- su existencia, era un contexto muy concreto y con mucha tensión, pero si no tenía ninguna razón de ser entonces, mucho menos en la situación actual, muy diferente, por lo que no entendemos el por qué ha vuelto a ser colocada ahora. A menos que se esté buscando la confrontación interna de la plantilla para dividirla de cara a la negociación del convenio.

                Exigimos la inmediata retirada de la circular, la inhabilitación de los tres canales de delación y una relación normalizada con la plantilla, que en los últimos meses está sufriendo una escalada de presión psicológica que no es la primera vez que denunciamos y que desgraciadamente seguramente tampoco será la última.

                Se está propiciando un ambiente de trabajo irrespirable, donde las relaciones humanas han pasado de un grado de respeto mutuo a otro de imposición, sometimiento y machaque contínuo que está llevando a la plantilla, especialmente en algunos turnos, a un punto límite. Lo último que necesitamos en este clima es la figura del txota. No queremos que nuestra fábrica acabe siendo un cuartel militar ni un campo de concentración ni un Gulag. No queremos en ella ni policías, ni chivatos, ni cámaras ni tácticas mentales de sometimiento, ni persuasión coercitiva, somos obreros, no presos, y exigimos que se nos trate como a tales.


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08 noviembre 2012

Reclamación descuentos en huelgas

Como todos y todas sabeis, existen serias dudas sobre el modo en que la empresa hace los descuentos por huelga. Consultados nuestros abogados, dicen que existe base para denunciarlo y hay posibilidades de ganar la demanda.


           Dado que el año pasado hicimos muchísimas huelgas, el desfase en los descuentos puede rondar, para los que hayamos secundado todas las huelgas, los 450 euros, según nuestros cálculos.

En la reunión mantenida esta semana en el comité se barajó la posibilidad de entablar una demanda como conflicto colectivo. Sin embargo, y aunque se ganase, las reclamaciones de cantidades adeudadas deben hacerse de forma individual, por lo que no vimos demasiado claras las ventajas de hacerlo así, ya que primero habría que esperar a la resolución de la demanda colectiva y luego volver a llevar a la empresa a juicio individualmente para cobrar las cantidades de descuentos atrasados. Es por ello que se decidió pasar a las denuncias individuales directamente.

LAB anima a todos sus afiliados a denunciar y de hecho ya tenemos reunidas las nóminas y casi terminadas las cuentas a reclamar de quienes ya se han decidido.

Para el resto, los no afiliados, consultamos en el sindicato la posibilidad de poder llevar también sus casos cobrando algo, pero en la actualidad y debido a las numerosas demandas provocadas por los desmanes que cometen las empresas amparadas con las nuevas leyes laborales,  nuestros abogados se encuentran absolutamente colapsados y desbordados de trabajo, por lo que nos han comunicado que les resulta imposible aumentar aún más su carga de trabajo y solo atenderán a los afiliados.

Así que a los no afiliados les queda la opción de afiliarse si quieren que llevemos su demanda.

Es muy improbable que a quien no esté afiliado le salga rentable denunciar individualmente mediante un abogado privado, sin embargo, para quien no quiera afiliarse a ningún sindicato, que está en todo su derecho, también le informamos de que, aunque las demandas de reclamación de cantidades son individuales, el caso lo puede llevar un único abogado para varias personas. Así que existe la opción de que se junten varios trabajadores, contraten a un único abogado para una sola demanda pero en la que vayan incluídas varias reclamaciones., con lo cual los costes se distribuirían entre todos los demandantes.

También queremos recordar que los despedidos en enero tienen igualmente el derecho a reclamar estas cantidades, aunque ya no estén trabajando en Kayaba.

Y, por último, advertir de que, como el plazo para reclamar es de un año, y dado que comenzamos los paros en noviembre de 2011, las reclamaciones convendría hacerlas antes de finalizar este mes, para no perderlo.


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Carta abierta a quienes criticaron mi testimonio en el juicio


                El próximo martes 13 de noviembre a las 9:30 va a tener lugar en los juzgados de Pamplona el último juicio de los despedidos en enero.

                Yo voy citado como testigo del demandante.

                Lo digo porque en el juicio anterior donde declaré, recibí críticas por parte de CCOO. Críticas de gente que no estuvo allí, que no escuchó lo que dije  y que luego sacó un papelito poniéndome a caldo por mis declaraciones.

                Pues bien, que sepa todo el mundo que la vista es pública, así que todo aquel que quiera acudir como espectador puede hacerlo y yo invito a los miembros de CCOO a que vayan, escuchen las respuestas que yo de a las preguntas de los abogados, del juez y del fiscal y luego, si quieren, que digan lo que tengan que decir.

                Porque manda cojones que sin haber estado, de oídas, tengan los santos bemoles de criticar mi declaración en el juicio intentando salvar a un compañero. Probablemente ninguno de ellos acuda. De hecho, al día siguiente de nuestro juicio, yo sí fui al de Fleki, que había denunciado con CCOO, como público y para apoyarle. Pero allí tampoco estaba ninguno de los miembros del comité de CCOO. Y eso que se atrasó una reunión del comité para que ellos pudieran acudir a SU juicio. Esa vista sí fue una vergüenza. Ni un solo testigo, ni una sola prueba documental, absolutamente NADA. El abogado se limitó a decir que le parecía injusto el despido y a cobrar su minuta. Derrotado antes de empezar, no hubo el menor esfuerzo por salvarle.

                Para que se sepa, nosotros pasamos semanas enteras preparando el juicio, buceando en los miles de datos que la jueza obligó a la empresa a aportar buscando pruebas. Cotejamos datos, aportamos testigos, apabullamos a la empresa con pruebas en su contra, cosechadas pacientemente durante muchísimas horas de quemarnos las pestañas entre papelajos. Incluso en sanfermines tuve que sacrificar dos días para ir al juzgado a seguir con esta labor.

                Y así se ganó el juicio, con trabajo, con esfuerzo y respondiendo con total sinceridad a las preguntas de abogados, jueza y fiscal. ¿Que no os gusta? Pues bueno, vosotros veréis, pero al menos, si vais a opinar, por lo menos tened la decencia de aparecer en el juicio, escuchar de primera mano y luego decís lo que os de la gana. Y si no, estais mejor calladitos, que da la impresión de que os jodió que se salvara, al menos en primera instancia, a un compañero despedido. Os invito a que vayais, si es que sabeis por dónde quedan los juzgados, el próximo martes día 13 a las 9:30.

                Y lo mismo digo para el que me esperó en el parking para amenazarme porque no le gustó lo que dije de él en el juicio. Primero vete allí, escucha mi testimonio y luego me dices lo que me tengas que decir.

                Por cierto, que cualquiera puede acudir al juicio, la entrada es libre, ojalá haya ese día allí 30 personas de público. Adelanto que a cualquiera que no vaya allí y escuche de primera mano mi testimonio le voy a mandar a esparragar como me venga con otro vergonzoso papelito de esos.

Iñaki Goldarazena
testigo molesto.

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06 noviembre 2012

Reunión del comité de empresa

Hoy ha tenido lugar una reunión extraordinaria del comité para tratar los siguientes puntos:

Regulación para no perder el paro antiguo

Alfonso Yerro nos ha comunicado que, aunque no hay aún una decisión oficial tomada, parece ser que con casi toda probabilidad la empresa NO VA A REGULAR a la gente este año, alegando problemas técnicos con el INEM y organizativos internos de la propia empresa. Veremos qué pasa finalmente con ésto, pero dadas las fechas en las que ya nos encontramos, todo parece indicar que vamos a perder una de las dos bolsas de paro ante la inacción de la empresa.

Calendarios

Había una errata en los calendarios presentados a la empresa y ésta nos los ha devuelto todos, ya que no coincidía el número de días laborables. Se ha corregido y vuelto a enviar los tres a la dirección.  

Reclamaciones de descuentos por huelga 

Se plantea cómo está la situación. ELA ha denunciado individualmente y reclamado las cantidades y ayer tuvieron el acto de conciliación, donde, como era de esperar, la empresa no quiso llegar a ningún acuerdo y quiere que sean los tribunales quienes resuelvan la cuestión. 

Se comenta si se podría llevar como conflicto colectivo. Efectivamente, así es, pero su utilidad es muy reducida, ya que aunque se gane, después hay que hacer las reclamaciones de cantidades a nivel individual, por lo que en la práctica el resultado no difiere mucho hacerlo de un modo u otro. Para ilustrar la cuestión, podemos acordarnos de lo que ocurrió con la denuncia del pago de la nocturnidad en vacaciones, que se hizo como conflicto colectivo pero luego cada cual tuvo que buscarse un abogado y denunciar individualmente para cobrar las cantidades que se le adeudaban.

Se constata que en la práctica sería muy difícil llevar una demanda colectiva por el enorme volumen de trabajadores que implica.

Todos los sindicatos vemos que existe una base para denunciar y que es posible ganar, por lo que se decide que cada uno denuncie individualmente las cantidades. 

En el caso de LAB, ya tenemos decidido que vamos a denunciar y animamos a todos nuestros afiliados a hacerlo igualmente. Para ello, hacednos llegar a los miembros del comité las nóminas donde aparezcan descuentos por huelga desde noviembre de 2011 hasta la actualidad. Y cuanto antes, porque los plazos para reclamar cantidades acaban este mes.

Por otro lado, las condiciones que pone nuestro sindicato para poder acceder a sus servicios jurídicos y denunciar con nosotros es afiliarse a LAB durante un minimo de 1 año.

Moción de apoyo a la huelga del día 14 de noviembre

CCOO presenta una moción de apoyo a la huelga convocada por UGT y CCOO para el día 14 de noviembre. Se procede a votar la moción y ésta es aprobada con los siguientes resultados:

Votos a favor: 4 (UGT y CCOO)
Votos en contra: 3 (LAB)
Abstenciones: 5 (ELA y CCP)


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12 octubre 2012

Reunión con la empresa sobre el convenio

Ayer jueves tuvo lugar la segunda reunión con la empresa acerca del convenio, la primera con una plataforma ya encima de la mesa.



La reunión no dió mucho de sí. Se le presentó a la empresa la plataforma que UGT y CCOO habían llevado. Sin embargo, estos grupos, sin consultar con nadie, han modificado algunos puntos respecto a la plataforma que expusieron en el tablón de anuncios y a las que enviaron por e-mail a aquellos que lo solicitaron.

El punto más importante es el de la vigencia, donde han añadido una frase que antes no estaba y que remarcamos en rojo:

Durante la vigencia (del convenio), solo podrá ser negociada su revisión si existe el acuerdo expreso de los firmantes. Incluída la posible inaplicación del convenio.

Traducido quiere decir que, si atendiendo a la última reforma laboral la empresa decidiese dejar el convenio sin efecto, solo tendría que negociar con aquellos que hayan firmado este convenio, dejando marginados al resto de grupos que pudieran no firmarlo.

No tendríamos nada que alegar si este punto hubiera sido presentado en la plataforma de UGT y CCOO y refrendado por los trabajadores, pero lo cierto es, y cualquiera puede comprobarlo mientras no retiren su plataforma del tablón de anuncios, que lo han añadido después, a traición y por la espalda y, sin decir nada a nadie, es lo que han subido a la empresa.

Además, debemos añadir que durante la presentación de la plataforma a la empresa, donde solo habló Salvatierra, se le dió a la misma una hoja con cuatro "directrices" en nombre del comité que la empresa debería cumplir. 
Nosotros en ningún momento tuvimos noticias de que existían esas directrices, ni de su contenido, ni de que se le iban a entregar a la empresa y, desde luego, rechazamos que se haga "en nombre del comité", porque aunque la plataforma elegida sea la suya, el comité somos todos. Qué menos que, antes de subir a hablar con la empresa, se nos hubiera, no ya consultado, sino al menos informado de lo que se pretendía hacer. 

Lo que entendemos de todo ésto y de la actitud durante la reunión con la empresa es que, directamente, nos han sacado de la negociación del convenio. No quieren contar con nosotros ni nos van a permitir meter baza en modo alguno. Salvatierra lo dejó muy claro a la salida cuando le pedimos explicaciones: "es nuestra plataforma, contamos con la mayoría del comité y por tanto vamos a actuar en nombre del comité".

Pues nada, es cierto que junto con CCOO y Cuadros y Mandos (que por algo convocó UGT elecciones en oficinas sin intención de presentarse ellos) tienen mayoría. Pero lo que queremos dejar claro desde estas líneas es que, sin siquiera haber empezado a negociar, a nosotros y a ELA ya nos han sacado de las negociaciones, han alterado unilateralmente la plataforma y nos han dejado claro que estamos fuera, que no cuentan con nosotros para nada y que van a hacer lo que quieran. Ya nos olíamos algo cuando rompieron una plataforma unitaria de todos los grupos sin ningún motivo, pero ahora queda corroborado. Simplemente, no quieren saber nada con nosotros. Y como es su plataforma la que triunfó y sus apoyos en el comité son mayoritarios, han decidido pasar el rodillo y dejarnos maniatados, simples convidados de piedra en las negociaciones.

Hecha esta aclaración, la reunión en sí no revistió mayor trascendencia, porque se limitó a la simple presentación de la plataforma y aclaración del algún punto concreto.

También se comentó a la empresa el problema que existe con las regulaciones, porque hay muchos operarios que a día de hoy tienen dos paros y si no regulamos ningún día antes de finales de noviembre, se perderá uno de ellos. Tenemos que decir que la empresa no se mostró nada dispuesta a colaborar. Dijeron que lo iban a estudiar pero pusieron mil pegas y excusas (una de ellas, que conlleva mucho trabajo organizar las regulaciones... como si hubiera sido nuestra elección y no la de la empresa el empezar a regular y por tanto tener que abrir paros y demás). 

Se va a pasar por los distintos turnos preguntando a los operarios si les conviene regular o no para hacer una lista de posibles regulados. Habrá a quien le venga bien para conservar ambos paros, pero para otros sería dañino, así que enteraos bien de vuestra situación personal antes de decidir una cosa u otra. Por lo general, quienes estuvieron regulados el año pasado les conviene volver a regular otro día, mientras que los que optaron por salirse de la empresa en 2010 con el acuerdo de mantenimiento de empleo, es mejor que no regulen.

La empresa también comentó que el Jetta que se fabrica en México ha retrasado la incorporación de la bomba eléctrica a su modelo debido a problemas en el motor, por lo que al menos durante seis meses más continuarán usando bombas hidráulicas. Esto supone que la disminución de producción prevista no va a ser tal y que nuestra situación ha mejorado provisionalmente.

La siguiente reunión, según la empresa, tardará un tiempo, ya que deben examinar atentamente la plataforma y hacer muchos números, además de ver qué implicaciones legales puede tener bajo la nueva legislación laboral, así que es probable que la siguiente sesión no tenga lugar hasta dento de un mes.


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04 octubre 2012

Resultados votaciones a plataforma convenio 2012

Estos son los resultados de las votaciones celebradas el martes para elegir la plataforma del convenio 2012.

 

Como sabeis, había dos propuestas tras la ruptura de la plataforma conjunta por parte primero de UGT y después de CCP y CCOO, la de estos tres grupos y la de LAB y ELA, que decidimos llevar a la asamblea exactamente la misma plataforma que ya había sido consensuada por los 5 grupos del comité y que inexplicablemente los 3 sindicatos mencionados abandonaron a última hora.

Estos son los resultados:

Plataforma UGT-CCOO-CCP: 128
Plataforma LAB y ELA: 43
Votos en blanco: 10

Así pues, es la propuesta de UGT-CCOO-CCP la que se llevará a la reunión con la empresa el próximo lunes día 8.
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30 septiembre 2012

Encuesta de riesgos psicosociales

Como ya os informaron los jefes de línea durante las charlas de la semana pasada, las encuestas han estado disponibles en las mesas de los jefes de línea durante la semana pasada. 



Os recordamos que estas encuestas serán recogidas el martes y el miércoles días 2 y 3 media hora antes de cada turno en la cafetería de fumadores. Se depositarán en las urnas que usamos habitualmente para las votaciones, para garantizar el anonimato absoluto.

Se tomarán los nombres de aquellas personas que hayan tomado parte en la encuesta únicamente para saber exactamente quiénes tienen derecho a ser compensados con media hora por haberla rellenado.

Es importante tomar parte de estas encuestas porque la salud mental es tan importante como la física, y el entorno de trabajo tiene una incidencia muy importante tanto en nuestros estados de ánimo como en el posible stress y otras circunstancias que pueden afectar gravemente a nuestro equilibrio emocional y mental, y por tanto es de suma importancia saber en estos momentos cómo se encuentra la plantilla en este aspecto para tratar de poner medidas correctoras en aquellos puntos negros que podamos tener en la empresa.
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24 septiembre 2012

Horarios de huelga y manifestaciones


Informamos a los trabajadores del turno de noche de esta semana (Grupo A) que tengan intención de secundar la huelga general convocada para el míercoles día 26 contra las brutales medidas económicas adoptadas por los gobiernos español y navarro, que para este turno el horario de huelga será desde las 22:00 horas del míercoles día 26 hasta las 06:00 horas del jueves día 27, lo cual ha sido también pertinentemente comunicado a la empresa.

Para el resto de turnos, como es lógico la huelga se desarrollará el miércoles día 26.

Por otra parte os comunicamos que, como en anteriores ocasiones, se han organizado varias columnas que partirán en manifestación de los distintos barrios y pueblos de la comarca para converger a las 12 del mediodía en la plaza del Castillo, donde tendrá lugar una concentración masiva a la que os invitamos a acudir a todos y todas.



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19 septiembre 2012

ACTA REUNIÓN EXTRAORDINARIA COMITÉ 18-09-1


ASISTENTES:
LAB: I. Goldarazena.
UGT: F. I.Goñi, F.Salvatierra.
CCOO: D. Ozcoidi, J.P. Asurabarrena.
ELA:
CCP: Pili Gil, A. Yerro, A. Hernandorena, E. Arellano.
Asisten también los delegados sindicales de CC.OO: F.Jimenez. ELA: E. Remiro. CCP: I. Abadías.

-       Asambleas de trabajadores para explicar y votar plataformas.


Asambleas de trabajadores para explicar y votar plataformas.
Después de solicitar a la empresa una hora por turno de trabajo para la realización de una asamblea, la empresa contesta lo siguiente;
Se adjunta anexo.
Tras esta nota el comité se reúne para valorar y acordar día y hora para la realización de las asambleas.
La sección sindical de LAB sigue con su planteamiento inicial de realizar asambleas a la salida de los turnos. Para ello propone repartir la 1.5h que ha concedido la empresa en 30 minutos por turno.
La sección sindical de ELA cree que es discriminatorio el hecho de no dar el mismo tiempo a todos los turnos, por ello le parece bien la propuesta de LAB.
UGT manifiesta que el comité siempre ha intentado facilitar la asistencia a las asambleas solicitando horas para ello, entienden que este tiempo es para acudir a dichas asambleas y no una licencia. Piensan que de rechazar las horas que concede la empresa seria mejor hacerla un sábado.
CCOO plantea realizar la asamblea el lunes 1 de Octubre  de 13:30h a 14:30h, al trabajador que esa semana este de noche se le compensa con la media hora restante, siempre y cuando asista  a la asamblea. Las votaciones se realizarían al día siguiente. Ante esta propuesta surge el debate de si dará tiempo a realizar las asambleas en una hora.
La CCP plantea que la asamblea se celebre el lunes dia 1 de octubre de 13:15h a 14:45h.
Se realiza un receso y se procede a votar las diversas propuestas.

Propuesta de tres asambleas:
Votos a favor: 1 (LAB).

Propuesta de asamblea el día 1 de Octubre, de 13:30h a 14:30h y media hora de compensación en el turno de noche:
Votos a favor: 2 (CCOO).

Propuesta de asamblea el día 1 de Octubre, de 13:15h a 14:45h.
Votos a favor: 6 (UGT y CCP).




Con lo cual la asamblea se realizara el día 1 de Octubre de 13:15h a 14.45h, realizándose las primeras votaciones a la salida del turno de noche, empezando el día 2 de octubre a las 06h de la mañana.
En el caso de ninguna plataforma obtenga más del 50% de los votos se realizaría una segunda votación con las dos plataformas más votadas. Esta segunda votación se realizaría el jueves 4 de Octubre.
Se recuerda que a esta asamblea solo pueden asistir los trabajadores afectados por convenio.
Para poder delegar el voto simplemente bastaría con escribir en un papel  el nombre con los apellidos y delegarlo en una persona de su confianza.

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18 septiembre 2012

Plataforma conjunta LAB-ELA para el convenio 2012

PLATAFORMA CONJUNTA PARA EL CONVENIO 2012

Presentación.

Ésta es la plataforma que las secciones sindicales de LAB y ELA presentamos a la asamblea para su toma en consideración y posterior votación. Sin embargo, no es la plataforma de LAB ó de ELA. Ni la de ELA y LAB. Y no lo es por un simple motivo.

Tras el anuncio de los otros grupos representados en el comité de que no iban a ir en una plataforma conjunta, cuando ésta ya estaba prácticamente finalizada y solo quedaba un punto que tratar, el de la reforma laboral, y en el que todos estábamos de acuerdo en tratar de frenar su implantación en Kayaba como fuera, se nos planteó la disyuntiva de comenzar a negociar entre los dos grupos supervivientes de la plataforma conjunta una nueva plataforma bajo nuestros parámetros, ya que los demás grupos se habían descolgado y abandonado, o, ya que estaba prácticamente terminada, presentar lo que ya había acordado a la asamblea.

Nos hemos decidido por esta última opción. Así pues, no es la propuesta de LAB y ELA lo que aquí os presentamos. Es la plataforma conjunta que había acordada entre los cinco grupos con presencia en el comité hasta el día en que 3 de ellos decidieron que querían ir por libre.

La propuesta que presentó ELA al comité lleva colgada varios meses en el tablón de anuncios y la que presentó LAB también está expuesta públicamente desde hace tiempo en su página web. Cualquiera puede comprobar los muchísimos puntos en los que nuestras dos secciones tuvieron que ceder, la enorme cantidad de pelos en la gatera que nos tuvimos que dejar para tratar de llegar a una plataforma conjunta con el resto. Porque de esa plataforma a las que nosotros presentamos media un abismo. Abismo que quisimos cruzar porque pensábamos que la unidad de acción era imprescindible para tratar de obtener el mejor convenio posible en las circunstancias en que nos encontramos.

Incomprensiblemente para nosotros, los otros 3 grupos se descolgaron. Lo que hoy os presentamos aquí no es nuestra plataforma. Es la plataforma en la que los 5 grupos hicimos aportaciones y cedimos muchas cosas. Es la plataforma que ya estaba acordada. Lo único que hemos añadido ha sido el articulado donde tratamos de poner límite a la barbaridad que supone la Reforma Laboral del Gobierno Español y que ni siquiera llegamos a discutir en el comité porque antes UGT, CCP y CCOO se descolgaron del convenio conjunto. Y eso que todos estábamos, al menos en teoría, dispuestos a frenar los efectos más perniciosos de esta reforma.

RESUMEN DE LA PLATAFORMA


Vigencia: 3 años


Salario: IPC+1% de subida cada uno de los tres años en todos los conceptos

Jornada laboral: 1 día más de libre elección a partir del año 2013

Creación de empleo: Preferencia de contratación para los despedidos del ERE 2011 en caso de que la empresa necesite contratar personal

Conciliación de la vida familiar y laboral: Aumento del derecho de reducción de jornada hasta los 12 años del niño. Derecho a acompañar a familiares a cargo en salidas al médico.

Vigilancia a la salud: Supresión del médico de empresa. Eliminación del artículo que obliga a estar en casa a las diez de la noche.


Turno de noche: Voluntario para mayores de 54 años

Descansos: Aumento de 5 minutos exclusivamente en el turno de noche

Articulado sobre la reforma laboral: Articulado para dejar sin efecto los efectos perniciosos de las nuevas leyes.

Esto es un resumen de los puntos más importantes de la plataforma, pero hay más. Los hemos resumido al principio porque hay partes bastante densas. A continuación, la plataforma completa.
Propuesta de plataforma conjunta a los trabajadores de KAYABA para el convenio 2012

Art.1 Ámbito personal, funcional, territorial y temporal. Comisión Paritaria.


Ámbito funcional , territorial y Ámbito Temporal

El convenio de Empresa tendrá una duración de tres años, extendiendo su vigencia desde el 1 de Enero de 2.012 hasta el 31 de Diciembre de 2.014, revisable a partir del segundo año (2013) si hay inversiones en la planta. No obstante, todos los acuerdos económicos recogidos en este convenio retrotraerán sus efectos al 1 de Enero de 2.012.

El pago de los atrasos, consecuencia de la aplicación del citado convenio, se abonarán dentro del mes siguiente a la firma del presente convenio.

Se acuerda expresamente, a los efectos de lo dispuesto en el art. 86.3 ET, que una vez denunciado y concluida la duración pactada, se mantendrá la vigencia del convenio hasta la suscripción por ambas partes de otro que lo sustituya.

El presente convenio deberá ser denunciado con una antelación mínima de 3 meses a la finalización de su vigencia o de cualquiera de sus prórrogas anuales; debiendo constituirse la nueva Mesa Negociadora en el plazo máximo de 1 mes desde la comunicación de la denuncia, con objeto de iniciar las negociaciones para el Convenio siguiente.

Que ante la posibilidad de que un agente externo a la mesa de negociación legalmente constituida, pueda determinar las condiciones en la negociación de nuestro convenio proponemos que todas las partes negociadoras de este convenio, acordemos que el plazo de negociación se extienda a 5 años. Si transcurrido ese plazo no hay acuerdo alguno, las partes activarán los mecanismos legales pertinentes para favorecer el acuerdo, como la mediación. Rechazando en cualquier circunstancia, adherirse al procedimiento de arbitraje.
El plazo máximo de negociación para la renovación del presente y futuros convenios colectivos será de 5 años, a contar desde el acta de inicio de la negociación.

Comisión Paritaria.

Se constituye una Comisión Paritaria Interpretadora del Convenio, así como de las cuestiones recogidas en el artículo 85.3.e) del Estatuto de los Trabajadores, que estará compuesta por 1 miembro de cada sección sindical y otros tantos Vocales Económicos y sus correspondientes suplentes, de entre los que han intervenido en la mesa negociadora del Convenio (Cualquier miembro podrá tener suplente previo aviso a la comisión). Que será la única con exclusividad, a la que se someterá cualquier cuestión que surja durante la vigencia del convenio en razón de cumplimiento, interpretación, alcance o aplicación del mismo.

Esta Comisión Paritaria se reunirá siempre que 1/3 de cualquiera de las representaciones lo solicite en virtud de las competencias atribuidas, cuando se produzcan divergencias (individuales ó colectivas) acerca de la interpretación ó cumplimiento de este convenio y del resto de materias reguladas en el Artículo 85.3.h) del Estatuto de los Trabajadores, tras la solicitud dicha Comisión deberá reunirse en el plazo máximo de quince días, debiendo adoptar una resolución en el plazo de siete días desde la reunión. Cuando la Comisión Paritaria no alcanzara acuerdo, las partes podrán recurrir a los procedimientos de aplicación general y directa que establezcan los acuerdos interprofesionales a excepción del arbitraje que sera exclusivamente voluntario por las partes, previstos en el art. 83 ET, para solventar de manera efectiva las discrepancias en la negociación de tales acuerdos, y en los cuales participan los sindicatos de acuerdo con los arts. 6.3 y 7.2 de la Ley orgánica de Libertad Sindical.

Cada representación sindical así como la representación empresarial de la Comisión Paritaria podrá ser asistida de 2 asesores como máximo, con voz pero sin voto.

Empresa y Representantes de los trabajadores, podrán solicitar, previo a la intervención de la Jurisdicción laboral, de común acuerdo, una mediación. 

El mediador será designado de común acuerdo por las partes en conflicto, es decir entre la empresa y el Comité de empresa.

Los miembros titulares de la Comisión Paritaria tendrán derecho a permiso retribuido para los días en que se reúna ésta y los gastos originados en el desempeño de esta labor serán sufragados por la empresa.


Art.3 Jornada de trabajo y Medidas de flexibilidad interna en la empresa



Jornada anual 2012DíasHoras efectivas

Industrial
214
1.658,50
Individual
213
1.650,75

La jornada de diferencia entre la jornada industrial e individual, será de libre elección personal por parte del trabajador-a. Según texto de convenio.

Jornada anual 2013DíasHoras efectivas

Industrial
214
1.658,50
Individual
212
1.643


Jornada anual 2014DíasHoras efectivas

Industrial
214
1.658,50
Individual
213
1.643


Las dos jornadas de diferencia entre la jornada industrial e individual (años 2013 y 2014), será de libre elección personal por parte del trabajador-a. Según texto de convenio.
 A los efectos de lo señalado en el art. 34.2 ET, se acuerda que el 100% de la jornada se distribuirá de manera regular, no habiendo lugar a distribuciones irregulares de la misma al margen de lo expresamente dispuesto en el presente convenio.

Art.4 Creación de empleo


Empresas de trabajo temporal
Durante la vigencia del convenio, la Empresa no podrá suscribir Contratos de Puesta a Disposición con ninguna Empresa de Trabajo Temporal (ETT).
Compromiso de Empleo

1. Se creará una bolsa de trabajo que recogerá a los 38 afectados por el ere del 2012.Las personas incluidas en esta bolsa tendrán preferencia absoluta para integrarse en la plantilla de Kayaba en caso de que ésta necesite contratar personal. El orden de ingreso será por riguroso orden de antigüedad y matricula. En caso de serle ofrecido el puesto a la primera persona de la lista y rehusar, pasaría al final de la misma.

2. Las rescisiones de operarios de producción, fijos a tiempo completo, que se produzcan durante la vigencia del convenio, motivadas por Baja Voluntaria, Despido Procedente e Incapacidad Permanente en sus grados de Total, Absoluta o Gran Invalidez, siempre que supongan la Extinción del Contrato, se cubrirán con personal a tiempo completo conforme a los criterios y lista de incorporaciones del punto anterior nº1. Estas nuevas incorporaciones, que tendrán carácter de indefinidas y a tiempo completo, se realizarán dentro del año en el que se produzca dicha extinción, en el momento que determine la Empresa.

3. En materia de contratación eventual, el nivel de eventualidad media anual de Especialistas, no podrá superar el 15% de la plantilla total de este colectivo. Este porcentaje habrá de ser calculado teniendo en cuenta las jornadas teóricas del total de los contratos eventuales que pudieran formalizarse, respecto de las jornadas teóricas del total de los trabajadores fijos del colectivo de referencia, en la fecha de la firma del presente convenio. Por lo tanto, si durante cada uno de los años de vigencia del convenio, el número de jornadas teóricas del total del personal eventual Especialista excede del 15%, en 214 días teóricos, respectivamente, respecto del total anual de jornadas del personal fijo Especialista, este hecho originará automáticamente la contratación/conversión de personal fijo, atendiendo a la siguiente escala:
Cuando el exceso sobre el 15% suponga entre: 1 jornada teórica y hasta 214 jornadas teóricas ..... 1 fijo, ...., y así sucesivamente, en intervalos de jornadas teóricas anuales por operario.

4. A lo largo del mes de Enero de los años de vigencia del convenio, se estimará el número de jornadas teóricas del conjunto de personal fijo del colectivo de Especialistas de cada año, revisándose durante el mes de Enero del año posterior.

5. En Enero de cada año, al efectuarse el cómputo real de las jornadas que excedan del 15% se procederá a la conversión de los contratos que resulten en indefinidos.

Art.6 Retribuciones económicas


Las tablas salariales, tendrán un incremento porcentual sobre todos los conceptos salariales,(salvo en el de ayudas a hijos disminuidos que viene recogido en su propio apartado) cada uno de los tres años de vigencia, del IPC real del año anterior más un 1% adicional. El abono económico en todos los conceptos salariales se aplicara con carácter retroactivo con fecha 1 de enero de 2012.
Art.7 Plus de Nocturnidad

La cuantía diaria del plus de nocturnidad se incrementara cada año conforme a las subidas establecidas en el art.6.
El turno de noche será voluntario para los mayores de 54 años.

Art.9 Excedencias Voluntarias


A partir del 1 de enero de 2013, el personal con contrato indefinido incluido dentro del ámbito de aplicación del convenio, podrá solicitar excedencia voluntaria con reincorporación automática, por una duración mínima de 4 meses y máxima de 5 años, con readmisión garantizada al termino de la misma y respetando las condiciones que tenía.

Art.10 Protección a la maternidad paternidad y conciliación de la vida laboral y familiar (incorporar a lo ya existente)


Aumentar hasta los 12 años la reducción de jornada por guarda legal.
Acumulación y cambio de las horas de Lactancia tanto el padre como la madre por 15 días laborables de permiso retribuido.

Licencia retribuida para acompañar a la Futura madre a todas aquellas sesiones de preparación al parto y revisiones Ginecológicas que coincidan con la jornada de trabajo. Adicionalmente ante visitas al medico o ingresos motivados por riesgo en el embarazo, los padres dispondrán de las horas necesarias para acompañar al medico o especialista y para atender a la persona ingresada.

Los trabajadores/as tendrán derecho a una reducción de jornada en los supuestos y términos del art. 37.5 ET. Tal reducción podrá efectuarse y disfrutarse tomando como período de referencia para la reducción la jornada diaria, semanal, mensual o anual.

Igualmente los trabajadores/as podrán optar a su discreción a acompañar a familiares de primer grado en sus visitas al médico, que serán descontadas de las 16 horas anuales de que dispone para sus salidas al médico.

Art.11 Trabajo extraordinario


1. Horas Extraordinarias

Las horas extraordinarias se abonarán a razón de 21 euros/hora. En caso de descanso compensatorio, que será a elección del trabajador, este será el equivalente en duración, a una hora y media de descanso por cada hora trabajada. El descanso compensatorio se acumulará a efectos del disfrute efectivo, hasta alcanzar una jornada completa.

2. Plus de sábados, domingos y festivos

Para todos aquellos trabajadores/as que deban trabajar en sábados, domingos y/o festivos, se aplicaran las mismas compensaciones económicas y de jornada que se establecen en el acuerdo del personal de mantenimiento para estos mismos supuestos.

Art.16 Prendas de Trabajo


Se realizará una valoración de puestos y necesidades para proveer de más juegos de ropa a aquellos operarios que lo precisen, dado el alto grado de suciedad que generan algunos puestos.

Art.18 Descansos


Para el turno de noche, se aumentara en 5 minutos el primer periodo de descanso, quedando de este modo 15, 20 y 15 minutos. Los turnos de mañana y tarde permanecerán sin cambios.

Art.20 Asignaciones Complementarias de la Empresa en I.T.


Queda sin efecto el punto D del presente artículo del convenio anterior vigente que rezaba así:

“No podrá ausentarse del lugar de residencia ni permanecer más tarde de las 22,00 horas fuera de su domicilio sin permiso del médico y previa comunicación de este hecho al departamento de recursos humanos de la empresa”

Gestión de las incapacidades temporales

Dada la nula utilidad demostrada en todos estos años por el servicio médico en Kayaba, éste será suprimido.

La empresa acordará con la representación legal de los trabajadores y trabajadoras la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (MATEP) que asumirá la cobertura de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales para el conjunto de los trabajadores y trabajadoras de la empresa.

La empresa mantendrá en el sistema público la cobertura de la prestación económica por Incapacidad Temporal derivada de contingencias comunes (enfermedad común y accidente no laboral), y el control sanitario de las altas y bajas por tales contingencias, sin que pueda optar por llevar a efecto tal cobertura a través de entidades colaboradoras de la Seguridad Social.

Art.23 Ayuda para hijos Disminuidos

Por cada hijo declarado disminuido psíquico o físico, y en función del grado de minusvalía, la Empresa abonará al trabajador, mensualmente, los importes siguientes:




Grado de minusvalía

2.007
2.008
2.009













    Del 33 al 50%

150 euros
150 euros
150 euros


Del 50 al  74%

250 euros
250 euros
250 euros


A partir del 75%

350 euros
350 euros
350 euros



Art.30 Disposición Adicional única


Éste artículo queda eliminado para adecuarse a la nueva normativa legal.

Art. Cláusulas de blindaje de los contratos


La indemnización por despido improcedente, en toda clase de extinciones de contrato o despido, disciplinario u objetivo, individual o colectivo, será de 45 días de salario por año trabajado con un tope de 42 mensualidades. En caso de que el despido sea declarado improcedente por los tribunales, la opción entre indemnización o readmisión recaerá en todo caso en el trabajador/a interesado.

Art. Mejora por modificaciones


Adicionalmente y siempre que por Ley o modificación del Estatuto de los Trabajadores, se mejoren aspectos totales o parciales del presente Convenio que afecten a la Plantilla (licencias retribuidas, jornada, régimen salarial, derechos sindicales……..), dichas mejoras serán de aplicación a las trabajadoras/es afectados por este convenio.

Art. Inaplicación de las condiciones de trabajo pactadas en el presente convenio.


La empresa no podrá en ningún caso acogerse a la inaplicación del presente convenio, mediante el procedimiento al que se refiere el art. 82.3 ET, debiendo intentar en su caso la posibilidad de renegociar el mismo antes de su vencimiento, para lograr otro, o la posibilidad de revisión del mismo que prevé el art. 86.1 ET. Ambas partes acuerdan expresamente que, en todo caso, los procesos a los que cabrá someterse para solventar las discrepancias serán los de conciliación y de mediación del acuerdo interprofesional del Tribunal Laboral de Navarra. El procedimiento de arbitraje se aplicará únicamente mediante acuerdo de sometimiento al mismo por ambas partes

Art. Polivalencia-Movilidad Funcional y Geografica.

 
A la hora de pactar la prestación laboral, cuando se acuerde entre trabajador y empresario la polivalencia funcional o realización de funciones propias de más de un grupo, la retribución salarial se determinará por las funciones que resulten prevalentes --las de valor superior--, y no por las funciones que se desempeñen durante mayor tiempo.
La decisión de traslado deberá ser notificada por el empresario al trabajador/a, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de seis meses a la fecha de su efectividad.

En todos los casos de movilidad funcional, geográfica, y de condiciones de trabajo, la medida de la empresa tendrá carácter voluntario para el trabajador/a, no pudiendo llevarse a efecto en otro caso.

Art. Absentismo

Adicionalmente a lo establecido en la Ley, para que el empresario pueda hacer uso de la extinción del contrato por causas objetivas del art. 52 d) [absentismo], será necesario que el índice de absentismo total de la plantilla del centro de trabajo supere el 10 por 100 en los mismos períodos de tiempo.

Las ausencias debidamente justificadas por motivo de incapacidad temporal derivadas de contingencias comunes (enfermedad común o accidente no laboral), no serán computadas a efectos de lo dispuesto en el artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores, en redacción dada por el RDLey 3/2012”.

Comisión Mixta.


Con independencia de las facultades reconocidas a la Autoridad Laboral, se constituye una Comisión Mixta interpretadora del Convenio que estará formada por 1 miembro de cada sección sindical y otros tantos Vocales Económicos y sus correspondientes suplentes, de entre los que han intervenido en la mesa negociadora del Convenio.

Igualmente esta Comisión entenderá de todas aquellas cuestiones que le vengan atribuidas en el articulado de este Convenio.
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