Tras varias horas "negociando", donde la empresa se ha negado rotundamente a hablar de absolutamente ninguna de las propuestas del comité y se ha centrado en la que ya había presentado ella el último día de las negociaciones, finalmente ha puesto encima de la mesa una última propuesta, que nosotros consideramos absolutamente inasumible y totalmente abusiva.
La directora del departamente de trabajo se ha puesto desde el principio de parte de la empresa, instándonos a entrar a hablar de las propuestas que ha planteado y dejando totalmente de lado las nuestras. Finalmente, como decimos, la empresa ha dejado la oferta que ponemos a continuación y directamente se ha ido, sin esperar siquiera una respuesta.
Propuesta final de la empresa
- Reducción del número de extinciones de 47 a 27 trabajadores.
- Compromiso del mantenimiento de la plantilla resultante, durante un periodo de dos años, siempre y cuando el volumen total de ventas previsto no sea inferior a 1.630.000 bombas.
- Reconociendo las partes que la reducción del número de trabajadores objeto de la extinción va a suponer un excedente de plantilla, estas convienen en aceptar potenciales expedientes de regulación de empleo de naturaleza suspensiva durante el periodo de dos años, sin que ello conlleve complemento alguno a las prestaciones de desempleo.
- Las indemnizaciones para el personal afectado por el expediente de regulación serán las siguientes:
- Para aquellos trabajadores que se acogieron al anterior acuerdo de mantenimiento de empleo de 2009, se les abonarán las siguientes cantidades lineales:
- Trabajadores afectados hasta un año: 8.000 euros
- Trabajadores afectados durante más de un año y un día: 12.000 euros
- Los anteriores compromisos quedan condicionados a la aceptación de un nuevo convenio de empresa, manteniendo la totalidad del clausurado salvo aquellas partes que sean objeto de derogación por tener término máximo de vigencia, manteniendo los aspectos sociales del mismo y aplicando las siguientes modificaciones:
- Vigencia: Tres años. Desde el 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2014.
- Salarios: Congelación salarial durante los dos primeros años del pacto de empresa en todos los conceptos retributivos, y un 1% para el año 2014 en salario base.
- Jornada laboral: Reducción de 5 minutos del tiempo de descanso por turno de trabajo para todo el personal afectado por el convenio de empresa.
Se establece una bolsa de flexibilidad en la jornada laboral consistente en un 5% de la jornada anual al alza o a la baja por cada trabajador. La liquidación de las horas para cada trabajador se podrá realizar hasta el 31 de diciembre de 2017. Las jornadas laborales en situación de Debe para el trabajador deberán ser recuperadas en sábados y días de convenio. Las jornadas laborales en situación de Haber para el trabajador serán abonadas según disponga el convenio colectivo del metal de Navarra
- Será condición indispensable para la aplicación de este pacto la inmediata desconvocatoria de la huelga indefinida planteada.
UGT y CCOO han propuesto hacer mañana asambleas en la fábrica, a las 13:00. Para ellas la empresa va a permitir el acceso a la planta y va a ceder el almacén de producto terminado, que ahora se encuentra casi totalmente vacío, excepto unos cuantos contenedores de 7001, así que allí nos veremos.