31 octubre 2014

Comunicado de la empresa

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30 octubre 2014

REUNIÓN EMPRESA 30-10-2014




REUNIÓN EMPRESA  30-10-2014
Después de esperar 2 meses a la reunión con la empresa y tras varias notificaciones por parte del comité para mantener dicha reunión, la empresa decide convocarnos tal día como hoy para comentar los puntos que se le habían mandado por parte del comité.
La reunión ha sido una pantomima de la empresa que se a reído a la cara de todo el comité y no ha contestado a nada escurriendo el bulto en todos los puntos.
Relevistas:
Desde el comité se le comunicó a la empresa la idea de volver a contratar a los 4 actuales  relevistas para las futuras prejubilaciones al finalizar sus contratos. La empresa ha dicho que su idea era que los contratos cuando se fueran extinguiendo no quería mantenerlos debido a la situación de la empresa.
Por parte del comité se le comunica que no queremos que la empresa asuma más trabajadores, pero que cuando se acoja otra persona al contrato relevo, sean estos 4 relevistas los que tengan el derecho de ser los primeros en ser contratados, dado que ya están formados.
Se acuerda por parte del comité mandar una propuesta por escrito para este punto. La empresa se ha comprometido ha contestarla el día 14-11-2014.
Mutuas:
La empresa nos comunicó la intención de contratar las bajas por contingencia común a través de la mutua, con el rechazo unánime de todo el comité.
La empresa dice que sigue valorando aplicarnos unilateralmente las contingencias comunes a través de la mutua.
Nominas:
Se solicita por parte del comité que se de un cursillo de formación a la plantilla para que todos los trabajadores podamos entender las nominas.
Cuentas anuales:
Tras 2 meses de espera para este punto, la empresa nos cita al comité para el 14-11-2014 y al resto de trabajadores  les convocará en días posteriores para informales de las mismas.
Renault:
La empresa contesta que a día de hoy no tienen contestación y que comunicará cuando sepan algo.

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17 octubre 2014

comunicado empresa


TRAMITACIÓN PARTES INCAPACIDAD TEMPORAL
Este documento se ha elaborado con el objeto de hacer llegar a todo el personal de KSS la regulación legal relativa a los plazos para la tramitación de partes de incapacidad temporal.
KSS informa que en su firme compromiso de cumplir con la legislación laboral vigente, va a velar por el cumplimiento de lo regulado a continuación.
Este documento afecta a todos los partes de baja, confirmación de baja y alta médica tanto  a las enfermedades  y accidentes de contingencia común como de Laboral.

REAL DECRETO  625/2014    (entrada en vigor el 1/09/2014)
*      EL FACULTATIVO/A:
Expedirá los partes médicos de baja, confirmación y alta entregará al trabajador dos copias del mismo, una para el interesado y otra con destino a la empresa.

*      TRABAJADOR/A:  
PARTES DE BAJA Y CONFIRMACION: En el plazo de TRES DÍAS HÁBILES  (De Lunes a Sábados) contados a partir del mismo día de la expedición de los partes médicos de baja y de confirmación de la baja, el trabajador entregará a la empresa la copia destinada a ella.
La comunicación de la inasistencia a su puesto de trabajo será considerada como una falta leve si no notifica con carácter previo, o en su caso, dentro de las 24 horas siguientes, salvo que se pruebe la imposibilidad de haberlo podido hacer.
PARTES DE ALTA: Dentro de las 24 HORAS HÁBILES  (De Lunes a Sábados) siguientes a su expedición, el parte médico de alta con destino a la empresa, será entregado por el trabajador a la misma.
Cuando el parte médico de alta sea expedido por un el inspector médico adscrito al Instituto Nacional de la Seguridad Social este entregará dos copias al trabajador, una para conocimiento del mismo y otra con destino a la empresa, expresándole la obligación de incorporarse al trabajo el día siguiente al de la fecha de alta indicada en dicho parte.
El incumplimiento de la obligación legal de entregar los partes de baja en el plazo establecido conllevará la aplicación del régimen disciplinario recogido en Convenio Colectivo del sector Industrias Siderometalúrgicas de Navarra.

*      KYB STEERING SPAIN    
Tiene la obligación de remitir al Instituto Nacional de la Seguridad Social, con carácter inmediato y, en todo caso, en el plazo máximo de TRES DÍAS HÁBILES (De Lunes a Sábados) contados a partir de la recepción del parte presentado por el trabajador, a través del sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED), los partes médicos de baja, confirmación de la baja y alta que les presenten los trabajadores, cumplimentados con los datos que correspondan a la empresa.

ASIGNACIONES COMPLEMENTARIAS DE LA EMPRESA EN I.T
(ART. 20  convenio colectivo de KYB STEERING SPAIN S.A)
Para los supuestos de Enfermedad común y accidente no laboral, Se define como complemento a  cargo de la Empresa a la diferencia entre la suma de las percepciones establecidas para cada nivel salarial en el artículo nº6 del conv. Colectivo de KSS y la prestación a abonar por la seguridad social desde el primer día de comienzo de la baja por un periodo máximo de 18 meses.

Para que el operario tenga derecho a la percepción de las asignaciones objeto de esta regulación (COMPLEMENTO), deberá cumplir los siguientes requisitos:

·         Si el porcentaje de absentismo individual del trabajador en concreto, exclusivamente por enfermedad común o accidente no laboral, del año natural inmediatamente anterior no supera el 2%.

·       Independientemente del porcentaje de absentismo individual anterior, el complemento se percibirá en los procesos  cuya incapacidad laboral tenga una duración superior a los sesenta días.

·           Avisará al Departamento de Personal (o a su inmediato superior, en el caso de trabajar a turnos) telefónicamente dentro del  mismo día laboral de producirse el hecho.
·           El departamento de Personal notificará mediante e-mail al manager o jefe de fabrica del departamento implicado, la fecha de baja con el periodo de duración estimada y la fecha de alta.

·           Hará llegar la copia del parte de baja oficial extendida por el médico de los servicios Públicos de Salud, dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles (De Lunes a Sábados) siguientes, al  Departamento de Personal (*)

·           Acudirá, si su enfermedad o posibilidades se lo permiten, a las citas que estime oportunas el facultativo designado por la Empresa.

·           Tanto el fraude como la desobediencia a cualquiera de estas normas, así como las generales que regulen esta materia, podrá llevar aparejada la perdida de los beneficios aquí previstos, por un periodo de hasta cuatro años, todo ello sin perjuicio de las sanciones reglamentarias que en cada caso se pudieran imponer.

(*) Con el objeto de asegurar la comunicación de este proceso, la persona a la que se entregue los partes para trasladárselos posteriormente al dto. De Recursos Humanos deberá reflejar en el reverso de las copias del trabajador/a, de la empresa  o en su caso del sobre (si los partes vinieran en sobre cerrado) la siguiente información:

-          Fecha de recepción
-          Nombre y Apellidos
-          Firma                                                                          DEPARTAMENTO RECURSOS HUMANOS
30/09/2014

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20 mayo 2014

REUNIÓN COMITÉ 6-5- 2014

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28 marzo 2014

CAMBIO CALENDARIO Y REUNIÓN CON LA EMPRESA

CAMBIO CALENDARIO Y REUNIÓN CON LA EMPRESA

Hoy hemos mantenido una reunión con la empresa para tratar el cambio de calendario y otros temas que quedaban por tratar.
La empresa dejó abierto en el acuerdo la posibilidad de hacer algún cambio en el calendario y que lo tenía que notificar antes del 31-3-2014.
Este cambio de fechas lo justifica diciendo que no llegan a la producción de Theta y para ajustar la regulación a todos los turnos por partes iguales. Para ver el nuevo calendario pincha aquí.
También ha comentado que la línea 8 trabajará durante 3 meses también de noche y que estas personas regularán en los turnos de mañana y de tarde.
La empresa ha comentado que dará a cada trabajador el calendario, que  para la mayoría de los trabajadores es el que nos ha presentado hoy y a los que trabajan de noche  y a los indirectos les dará uno individual con los días de regulación.
También han comentado que los indirectos van a regular pero basado en un porcentaje, ya que todos no pueden regular los 79 días
Nos parece lamentable que nos digan ahora que esto no lo habían barajado y que se han dado cuenta ahora. Este tema se le sacó a la empresa durante la negociación y  ¿no lo han hecho ni mirar hasta ahora?

RELEVISTAS Y PREJUBILADOS
De los relevistas ha comentado que tratará el tema con ellos para explicarles como ha hecho los cálculos para los días de regulación ya que es proporcional a los días trabajados desde Enero del 2014 hasta Marzo del 2015. Los relevistas con una jornada del 75%, regularán 12 días y los que tienen una jornada del 85%, regularán 39 días.
Los prejubilados entrarán a trabajar cuando les llame la empresa, cumplirán los días que tienen que trabajar por año y no entran en la regulación.

DESCUENTOS DÍAS ERE
Los descuentos se harán a mes pasado. Esto quiere decir que el mes de Marzo lo descontarán en Abril y así sucesivamente en todos los meses.
En el descuento irá la parte de pagas extra, antigüedad, transporte y días regulados y de esta manera las pagas extras se cobrarán completas. El complemento de 9,60 euros por día se pagará en la nómina de cada mes.

CALCULO DESCUENTO DIA NATURAL EN REGULACION : 

         Ejemplo para nivel 1 taller, 4 trienios en 2013 FY 

                - Salario Mensual: 1770,09/30 días=         59 Euros 
                - PP Pagas :       8171,13/360 días =         22,69 Euros        (1770,09*4+838.54 Antig+252.23 Bolsa) 

                   TOTAL DESCUENTO: 81,69 Euros   (por día Natural)
           Abono  Complemento ERE  9.60 Euros   (por día Natural)

         Ejemplo para nivel 1 taller, 4 trienios en 2014 FY   

                - Salario Mensual: 1716,99/30 días=         57,23 Euros 
                - PP Pagas :       7926,02/360 días =         22,01 Euros        (1716,99*4+813,4 Antig+244,66 Bolsa) 
                   TOTAL DESCUENTO: 79,24 Euros   (por día Natural)
           Abono  Complemento ERE  9.60 Euros   (por día Natural)
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13 marzo 2014

Calendario y acuerdo sobre el ERE

Podeis ver, imprimir o descargar el calendario que se ha acordado para los periodos de regulación haciendo click aquí


 ACUERDO ERE 2014
- El calendario de trabajo propuesto por la representación social como anexo a la última propuesta, con la siguiente salvedad: los cinco días a regular en septiembre pasarían a ser el último de junio y los cuatro primeros de julio. En todo caso este calendario podrá ser sujeto a variaciones a propuesta de la dirección, atendiendo al estudio posterior que se va a realizar con anterioridad al 31 de marzo de 2014.
- Compromiso por la parte social de que las personas con jornada de turno de noche, acepten ser reubicados en los turnos de trabajo diurnos.
-Durante el tiempo en el que se mantenga vigente el presente expediente de regulación de empleo suspensivo, esta opción conllevara la necesidad de traspasar a algunos trabajadores de un grupo de trabajo a otro, con un preaviso de 15 días.
- Esta opción conllevara la necesidad de reorganizar el mantenimiento planificado en turnos de noche, con lo que supone que a los trabajadores relacionados con estas tareas podrá exigírseles el trabajar de forma continua en el este turno.
- La empresa abonara 9,60€ por día natural regulado a cada trabajador como complemento.
- No quedara afectada la parte proporcional de vacaciones por efecto del expediente de regulación de empleo suspensivo.
- Reducción de jornada:  La empresa se compromete a estudiar todas las solicitudes presentadas antes del 31 de Marzo, y aceptarlas si es organizativamente posible. Las reducciones de jornada aceptadas conllevaran la reducción salarial en igual proporción y fecha. En cualquier caso, la empresa podrá rescindir el acuerdo de reducción siempre que justificadamente las circunstancias que lo propiciaron cambien.
- Bajas incentivadas:  La empresa  abrirá un periodo de solicitudes de bajas incentivadas, hasta el próximo 31 de Marzo, que contaran con un inventivo de 33 días por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades. La empresa mantendrá en todo caso la posibilidad de aceptación o rechazo de dichas solicitudes. Estas bajas se realizaran de forma inmediata e irrevocable.
- Suspensiones temporales:  La empresa acordara con aquellos trabajadores que lo soliciten una baja voluntaria en la empresa con garantía de reincorporación al finalizar la misma al antiguo puesto de trabajo en iguales condiciones que las actuales, con una fecha máxima de reincorporación el 31 de Marzo de 2015, sin que el trabajador reciba cantidad económica alguna, ni devengue antigüedad durante ese periodo. Al finalizar la suspensión voluntaria, el trabajador podrá optar, siempre por escrito al departamento de RR.HH., por reincorporarse a la empresa o acogerse a la baja incentivada descrita en el punto anterior. Pasados 15 días de la fecha prevista de reincorporación, y no tomada ninguna opción de las previstas, se extinguirá toda relación laboral entre la empresa y el trabajador, salvo causa de fuerza mayor que haya impedido su comunicación.

- Mayores de 55 años:  La empresa eximirá de los efectos de la regulación suspensiva a aquellos trabajadores mayores de 55 años que lo soliciten por escrito y justifiquen documentalmente ante el departamento de RR.HH. que su cumplimiento pueda conllevar una imposibilidad para acogerse a una posible futura jubilación parcial al no alcanzar el numero mínimo de años cotizados.
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VALORACIÓN NEGOCIACIÓN ERE

VALORACIÓN DE LA NEGOCIACIÓN DEL
                                   ERE

       Después de 5 reuniones y sin posibilidad de seguir negociando al agotarse el periodo de consultas (los15 días que marca la ley), se ha llegado a un acuerdo entre el Comité y Dirección.
       La valoración que hacemos desde la sección sindical de LAB es que el acuerdo a que se ha llegado no es para tirar cohetes.
      Lo peor de una regulación de empleo es que tenemos que abrir la bolsa del paro, y esto con el incierto futuro que hay en esta fábrica no es nada bueno.
      No se han conseguido ni de lejos los objetivos a los que creemos se tenían que haber llegado, pero tal como transcurrían las negociaciones y dada la cerrazón de la Empresa, por lo menos en el último momento se ha podido conseguir un complemento a la importante merma de salario que vamos a sufrir y un calendario más beneficioso para los trabajadores.
       La Empresa presentó el ERE calculando los tiempos para no dejar tiempo a la reacción por parte del Comité y tener a la plantilla desinformada sabiendo que teníamos las vacaciones de por medio.
        Por este motivo, no ha dado tiempo a poder informar a la plantilla haciendo asambleas y hemos tenido que firmar un acuerdo sin la opinión de los trabajadores. 
        Gracias a una reforma laboral hecha por y para el empresario, nos encontramos atados de pies y manos para negociar en  unas condiciones que puedan ser beneficiosas para la clase trabajadora y teniendo esto en cuenta  dentro de lo malo no ha sido lo peor viendo la avaricia que tenía la empresa que solo pensaba en su beneficio y le da lo mismo que la plantilla tenga problemas para llegar a final de mes. Para esta empresa solo somos un número en un papel al que puede tirar a la basura cuando se le antoje sin mirar en ningún momento el daño que causa.
        Dadas las dificultades de esta negociación y gracias a la unión del comité se ha podido sacar este acuerdo propuesto a última hora, que no es el mejor y con el que todos subimos a pelearlo hasta el último momento.

        Desde esta sección sindical nos preguntamos ¿Qué se podría  haber conseguido si  no hubiésemos sido excluidos en la negociación del convenio?
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12 marzo 2014

FIN NEGOCIACIÓN ERE2014

COMUNICADO DEL COMITÉ DE KSS
FIN DEL PERIODO DE CONSULTAS ERE 2014
ACUERDO:



Finalizado en el día de hoy el periodo de consultas a las 22.00h. el comité de empresa en su totalidad ha alcanzado un acuerdo con la misma que detallamos en los puntos que más pueden interesar a los trabajadores.

Con respecto a la propuesta inicial presentada, el acuerdo final obtiene un complemento económico de 1056€ que a día de hoy, no hemos determinado como se va a distribuir en el montante anual, además las vacaciones no tendrán afección económica relativa al ERE, alrededor de 500€.

Se añade además un plan de acompañamiento social expuesto en el Tablón del comité con el acuerdo integro en el acta de la 5 reunión.
Se acompaña el calendario de regulación a este comunicado. Expuesto a posible modificación sin repercusión excesiva sobre el actual.

La regulación comenzará como estaba previsto el día 17 de marzo y serán dos semanas completas. A la vuelta de estos días os informaremos con más detalle sobre como quedará distribuido el complemento, así como la manera en que se aplicarán los descuentos en las nóminas, a día de hoy lo desconocemos.

La empresa mañana repartirá un documento para gestionar a través de la misma la apertura de la prestación al INEM, el trabajador que no desee hacerlo a través de la misma deberá indicarlo en ese documento, para que la empresa le facilite la documentación necesaria. En el caso de que el trabajador opte por hacerlo por su cuenta en la oficina de INEM, una vez abierto el desempleo deberá comunicarlo a la empresa, para que esta conozca las bases de cotización y gestione las comunicaciones de los días que se vaya regulando. Para esta justificación el trabajador deberá entregar el documento que le facilitara el INEM.





Orkoien, 12 de Marzo de 2014
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07 marzo 2014

4ª REUNION NEGOCIACIÓN ERE



 







4ª REUNIÓN DE NEGOCIACIÓN DEL ERE

Hoy 7 de Marzo ha tenido la 4ª reunión de negociación del ERE de suspensión presentado por la empresa.
REDUCCIÓN DE JORNADA
Por motivos legales no le ven seguridad jurídica a algún punto de la propuesta de reducción de jornada, como por ejemplo la acumulación de las horas en los 6 primeros meses, así que solo aceptarían una reducción de jornada al uso.
CALENDARIO A 2 TURNOS
A la propuesta de un calendario a 2 turnos  presentada por el Comité la Empresa responde con sus cuentas que organizativamente es imposible debido a que operarios de la sección 1 no están formados para trabajar en montaje, a no ser que personal de la sección 1 absorberían puestos de trabajo de las subcontratas, (ISN, seguridad y 1 de mantenimiento), aún así la Empresa estaría dispuesta a aceptarla. Después de un receso y estudiar la propuesta el Comité la desestima por que no es equitativa, ya que los trabajadores que hacen los 3 turnos salen los más perjudicados al negarse la Empresa a pagar el complemento de nocturnidad.
Desde la parte social se entrega otro calendario de regulación alternativo que sería regulando casi todos los lunes y viernes del año fiscal. La Empresa dice que lo estudiará.

Se pide a la Empresa que incluya una clausula que si hay un beneficio entre el 2% y el 4% se compense a los trabajadores que regulen ese porcentaje.

A falta de una reunión para acabar el periodo de consultas, desde esta sección sindical vemos que la Empresa no está por la labor de llegar a un acuerdo beneficioso para el personal afectado por este ERE, permaneciendo inamovible en temas tan importantes como son el complemento a las prestaciones, suspensiones acordadas, descansos, bajas incentivadas etc.  

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