31 octubre 2014

Comunicado de la empresa

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30 octubre 2014

REUNIÓN EMPRESA 30-10-2014




REUNIÓN EMPRESA  30-10-2014
Después de esperar 2 meses a la reunión con la empresa y tras varias notificaciones por parte del comité para mantener dicha reunión, la empresa decide convocarnos tal día como hoy para comentar los puntos que se le habían mandado por parte del comité.
La reunión ha sido una pantomima de la empresa que se a reído a la cara de todo el comité y no ha contestado a nada escurriendo el bulto en todos los puntos.
Relevistas:
Desde el comité se le comunicó a la empresa la idea de volver a contratar a los 4 actuales  relevistas para las futuras prejubilaciones al finalizar sus contratos. La empresa ha dicho que su idea era que los contratos cuando se fueran extinguiendo no quería mantenerlos debido a la situación de la empresa.
Por parte del comité se le comunica que no queremos que la empresa asuma más trabajadores, pero que cuando se acoja otra persona al contrato relevo, sean estos 4 relevistas los que tengan el derecho de ser los primeros en ser contratados, dado que ya están formados.
Se acuerda por parte del comité mandar una propuesta por escrito para este punto. La empresa se ha comprometido ha contestarla el día 14-11-2014.
Mutuas:
La empresa nos comunicó la intención de contratar las bajas por contingencia común a través de la mutua, con el rechazo unánime de todo el comité.
La empresa dice que sigue valorando aplicarnos unilateralmente las contingencias comunes a través de la mutua.
Nominas:
Se solicita por parte del comité que se de un cursillo de formación a la plantilla para que todos los trabajadores podamos entender las nominas.
Cuentas anuales:
Tras 2 meses de espera para este punto, la empresa nos cita al comité para el 14-11-2014 y al resto de trabajadores  les convocará en días posteriores para informales de las mismas.
Renault:
La empresa contesta que a día de hoy no tienen contestación y que comunicará cuando sepan algo.

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17 octubre 2014

comunicado empresa


TRAMITACIÓN PARTES INCAPACIDAD TEMPORAL
Este documento se ha elaborado con el objeto de hacer llegar a todo el personal de KSS la regulación legal relativa a los plazos para la tramitación de partes de incapacidad temporal.
KSS informa que en su firme compromiso de cumplir con la legislación laboral vigente, va a velar por el cumplimiento de lo regulado a continuación.
Este documento afecta a todos los partes de baja, confirmación de baja y alta médica tanto  a las enfermedades  y accidentes de contingencia común como de Laboral.

REAL DECRETO  625/2014    (entrada en vigor el 1/09/2014)
*      EL FACULTATIVO/A:
Expedirá los partes médicos de baja, confirmación y alta entregará al trabajador dos copias del mismo, una para el interesado y otra con destino a la empresa.

*      TRABAJADOR/A:  
PARTES DE BAJA Y CONFIRMACION: En el plazo de TRES DÍAS HÁBILES  (De Lunes a Sábados) contados a partir del mismo día de la expedición de los partes médicos de baja y de confirmación de la baja, el trabajador entregará a la empresa la copia destinada a ella.
La comunicación de la inasistencia a su puesto de trabajo será considerada como una falta leve si no notifica con carácter previo, o en su caso, dentro de las 24 horas siguientes, salvo que se pruebe la imposibilidad de haberlo podido hacer.
PARTES DE ALTA: Dentro de las 24 HORAS HÁBILES  (De Lunes a Sábados) siguientes a su expedición, el parte médico de alta con destino a la empresa, será entregado por el trabajador a la misma.
Cuando el parte médico de alta sea expedido por un el inspector médico adscrito al Instituto Nacional de la Seguridad Social este entregará dos copias al trabajador, una para conocimiento del mismo y otra con destino a la empresa, expresándole la obligación de incorporarse al trabajo el día siguiente al de la fecha de alta indicada en dicho parte.
El incumplimiento de la obligación legal de entregar los partes de baja en el plazo establecido conllevará la aplicación del régimen disciplinario recogido en Convenio Colectivo del sector Industrias Siderometalúrgicas de Navarra.

*      KYB STEERING SPAIN    
Tiene la obligación de remitir al Instituto Nacional de la Seguridad Social, con carácter inmediato y, en todo caso, en el plazo máximo de TRES DÍAS HÁBILES (De Lunes a Sábados) contados a partir de la recepción del parte presentado por el trabajador, a través del sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED), los partes médicos de baja, confirmación de la baja y alta que les presenten los trabajadores, cumplimentados con los datos que correspondan a la empresa.

ASIGNACIONES COMPLEMENTARIAS DE LA EMPRESA EN I.T
(ART. 20  convenio colectivo de KYB STEERING SPAIN S.A)
Para los supuestos de Enfermedad común y accidente no laboral, Se define como complemento a  cargo de la Empresa a la diferencia entre la suma de las percepciones establecidas para cada nivel salarial en el artículo nº6 del conv. Colectivo de KSS y la prestación a abonar por la seguridad social desde el primer día de comienzo de la baja por un periodo máximo de 18 meses.

Para que el operario tenga derecho a la percepción de las asignaciones objeto de esta regulación (COMPLEMENTO), deberá cumplir los siguientes requisitos:

·         Si el porcentaje de absentismo individual del trabajador en concreto, exclusivamente por enfermedad común o accidente no laboral, del año natural inmediatamente anterior no supera el 2%.

·       Independientemente del porcentaje de absentismo individual anterior, el complemento se percibirá en los procesos  cuya incapacidad laboral tenga una duración superior a los sesenta días.

·           Avisará al Departamento de Personal (o a su inmediato superior, en el caso de trabajar a turnos) telefónicamente dentro del  mismo día laboral de producirse el hecho.
·           El departamento de Personal notificará mediante e-mail al manager o jefe de fabrica del departamento implicado, la fecha de baja con el periodo de duración estimada y la fecha de alta.

·           Hará llegar la copia del parte de baja oficial extendida por el médico de los servicios Públicos de Salud, dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles (De Lunes a Sábados) siguientes, al  Departamento de Personal (*)

·           Acudirá, si su enfermedad o posibilidades se lo permiten, a las citas que estime oportunas el facultativo designado por la Empresa.

·           Tanto el fraude como la desobediencia a cualquiera de estas normas, así como las generales que regulen esta materia, podrá llevar aparejada la perdida de los beneficios aquí previstos, por un periodo de hasta cuatro años, todo ello sin perjuicio de las sanciones reglamentarias que en cada caso se pudieran imponer.

(*) Con el objeto de asegurar la comunicación de este proceso, la persona a la que se entregue los partes para trasladárselos posteriormente al dto. De Recursos Humanos deberá reflejar en el reverso de las copias del trabajador/a, de la empresa  o en su caso del sobre (si los partes vinieran en sobre cerrado) la siguiente información:

-          Fecha de recepción
-          Nombre y Apellidos
-          Firma                                                                          DEPARTAMENTO RECURSOS HUMANOS
30/09/2014

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20 mayo 2014

REUNIÓN COMITÉ 6-5- 2014

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28 marzo 2014

CAMBIO CALENDARIO Y REUNIÓN CON LA EMPRESA

CAMBIO CALENDARIO Y REUNIÓN CON LA EMPRESA

Hoy hemos mantenido una reunión con la empresa para tratar el cambio de calendario y otros temas que quedaban por tratar.
La empresa dejó abierto en el acuerdo la posibilidad de hacer algún cambio en el calendario y que lo tenía que notificar antes del 31-3-2014.
Este cambio de fechas lo justifica diciendo que no llegan a la producción de Theta y para ajustar la regulación a todos los turnos por partes iguales. Para ver el nuevo calendario pincha aquí.
También ha comentado que la línea 8 trabajará durante 3 meses también de noche y que estas personas regularán en los turnos de mañana y de tarde.
La empresa ha comentado que dará a cada trabajador el calendario, que  para la mayoría de los trabajadores es el que nos ha presentado hoy y a los que trabajan de noche  y a los indirectos les dará uno individual con los días de regulación.
También han comentado que los indirectos van a regular pero basado en un porcentaje, ya que todos no pueden regular los 79 días
Nos parece lamentable que nos digan ahora que esto no lo habían barajado y que se han dado cuenta ahora. Este tema se le sacó a la empresa durante la negociación y  ¿no lo han hecho ni mirar hasta ahora?

RELEVISTAS Y PREJUBILADOS
De los relevistas ha comentado que tratará el tema con ellos para explicarles como ha hecho los cálculos para los días de regulación ya que es proporcional a los días trabajados desde Enero del 2014 hasta Marzo del 2015. Los relevistas con una jornada del 75%, regularán 12 días y los que tienen una jornada del 85%, regularán 39 días.
Los prejubilados entrarán a trabajar cuando les llame la empresa, cumplirán los días que tienen que trabajar por año y no entran en la regulación.

DESCUENTOS DÍAS ERE
Los descuentos se harán a mes pasado. Esto quiere decir que el mes de Marzo lo descontarán en Abril y así sucesivamente en todos los meses.
En el descuento irá la parte de pagas extra, antigüedad, transporte y días regulados y de esta manera las pagas extras se cobrarán completas. El complemento de 9,60 euros por día se pagará en la nómina de cada mes.

CALCULO DESCUENTO DIA NATURAL EN REGULACION : 

         Ejemplo para nivel 1 taller, 4 trienios en 2013 FY 

                - Salario Mensual: 1770,09/30 días=         59 Euros 
                - PP Pagas :       8171,13/360 días =         22,69 Euros        (1770,09*4+838.54 Antig+252.23 Bolsa) 

                   TOTAL DESCUENTO: 81,69 Euros   (por día Natural)
           Abono  Complemento ERE  9.60 Euros   (por día Natural)

         Ejemplo para nivel 1 taller, 4 trienios en 2014 FY   

                - Salario Mensual: 1716,99/30 días=         57,23 Euros 
                - PP Pagas :       7926,02/360 días =         22,01 Euros        (1716,99*4+813,4 Antig+244,66 Bolsa) 
                   TOTAL DESCUENTO: 79,24 Euros   (por día Natural)
           Abono  Complemento ERE  9.60 Euros   (por día Natural)
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13 marzo 2014

Calendario y acuerdo sobre el ERE

Podeis ver, imprimir o descargar el calendario que se ha acordado para los periodos de regulación haciendo click aquí


 ACUERDO ERE 2014
- El calendario de trabajo propuesto por la representación social como anexo a la última propuesta, con la siguiente salvedad: los cinco días a regular en septiembre pasarían a ser el último de junio y los cuatro primeros de julio. En todo caso este calendario podrá ser sujeto a variaciones a propuesta de la dirección, atendiendo al estudio posterior que se va a realizar con anterioridad al 31 de marzo de 2014.
- Compromiso por la parte social de que las personas con jornada de turno de noche, acepten ser reubicados en los turnos de trabajo diurnos.
-Durante el tiempo en el que se mantenga vigente el presente expediente de regulación de empleo suspensivo, esta opción conllevara la necesidad de traspasar a algunos trabajadores de un grupo de trabajo a otro, con un preaviso de 15 días.
- Esta opción conllevara la necesidad de reorganizar el mantenimiento planificado en turnos de noche, con lo que supone que a los trabajadores relacionados con estas tareas podrá exigírseles el trabajar de forma continua en el este turno.
- La empresa abonara 9,60€ por día natural regulado a cada trabajador como complemento.
- No quedara afectada la parte proporcional de vacaciones por efecto del expediente de regulación de empleo suspensivo.
- Reducción de jornada:  La empresa se compromete a estudiar todas las solicitudes presentadas antes del 31 de Marzo, y aceptarlas si es organizativamente posible. Las reducciones de jornada aceptadas conllevaran la reducción salarial en igual proporción y fecha. En cualquier caso, la empresa podrá rescindir el acuerdo de reducción siempre que justificadamente las circunstancias que lo propiciaron cambien.
- Bajas incentivadas:  La empresa  abrirá un periodo de solicitudes de bajas incentivadas, hasta el próximo 31 de Marzo, que contaran con un inventivo de 33 días por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades. La empresa mantendrá en todo caso la posibilidad de aceptación o rechazo de dichas solicitudes. Estas bajas se realizaran de forma inmediata e irrevocable.
- Suspensiones temporales:  La empresa acordara con aquellos trabajadores que lo soliciten una baja voluntaria en la empresa con garantía de reincorporación al finalizar la misma al antiguo puesto de trabajo en iguales condiciones que las actuales, con una fecha máxima de reincorporación el 31 de Marzo de 2015, sin que el trabajador reciba cantidad económica alguna, ni devengue antigüedad durante ese periodo. Al finalizar la suspensión voluntaria, el trabajador podrá optar, siempre por escrito al departamento de RR.HH., por reincorporarse a la empresa o acogerse a la baja incentivada descrita en el punto anterior. Pasados 15 días de la fecha prevista de reincorporación, y no tomada ninguna opción de las previstas, se extinguirá toda relación laboral entre la empresa y el trabajador, salvo causa de fuerza mayor que haya impedido su comunicación.

- Mayores de 55 años:  La empresa eximirá de los efectos de la regulación suspensiva a aquellos trabajadores mayores de 55 años que lo soliciten por escrito y justifiquen documentalmente ante el departamento de RR.HH. que su cumplimiento pueda conllevar una imposibilidad para acogerse a una posible futura jubilación parcial al no alcanzar el numero mínimo de años cotizados.
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VALORACIÓN NEGOCIACIÓN ERE

VALORACIÓN DE LA NEGOCIACIÓN DEL
                                   ERE

       Después de 5 reuniones y sin posibilidad de seguir negociando al agotarse el periodo de consultas (los15 días que marca la ley), se ha llegado a un acuerdo entre el Comité y Dirección.
       La valoración que hacemos desde la sección sindical de LAB es que el acuerdo a que se ha llegado no es para tirar cohetes.
      Lo peor de una regulación de empleo es que tenemos que abrir la bolsa del paro, y esto con el incierto futuro que hay en esta fábrica no es nada bueno.
      No se han conseguido ni de lejos los objetivos a los que creemos se tenían que haber llegado, pero tal como transcurrían las negociaciones y dada la cerrazón de la Empresa, por lo menos en el último momento se ha podido conseguir un complemento a la importante merma de salario que vamos a sufrir y un calendario más beneficioso para los trabajadores.
       La Empresa presentó el ERE calculando los tiempos para no dejar tiempo a la reacción por parte del Comité y tener a la plantilla desinformada sabiendo que teníamos las vacaciones de por medio.
        Por este motivo, no ha dado tiempo a poder informar a la plantilla haciendo asambleas y hemos tenido que firmar un acuerdo sin la opinión de los trabajadores. 
        Gracias a una reforma laboral hecha por y para el empresario, nos encontramos atados de pies y manos para negociar en  unas condiciones que puedan ser beneficiosas para la clase trabajadora y teniendo esto en cuenta  dentro de lo malo no ha sido lo peor viendo la avaricia que tenía la empresa que solo pensaba en su beneficio y le da lo mismo que la plantilla tenga problemas para llegar a final de mes. Para esta empresa solo somos un número en un papel al que puede tirar a la basura cuando se le antoje sin mirar en ningún momento el daño que causa.
        Dadas las dificultades de esta negociación y gracias a la unión del comité se ha podido sacar este acuerdo propuesto a última hora, que no es el mejor y con el que todos subimos a pelearlo hasta el último momento.

        Desde esta sección sindical nos preguntamos ¿Qué se podría  haber conseguido si  no hubiésemos sido excluidos en la negociación del convenio?
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12 marzo 2014

FIN NEGOCIACIÓN ERE2014

COMUNICADO DEL COMITÉ DE KSS
FIN DEL PERIODO DE CONSULTAS ERE 2014
ACUERDO:



Finalizado en el día de hoy el periodo de consultas a las 22.00h. el comité de empresa en su totalidad ha alcanzado un acuerdo con la misma que detallamos en los puntos que más pueden interesar a los trabajadores.

Con respecto a la propuesta inicial presentada, el acuerdo final obtiene un complemento económico de 1056€ que a día de hoy, no hemos determinado como se va a distribuir en el montante anual, además las vacaciones no tendrán afección económica relativa al ERE, alrededor de 500€.

Se añade además un plan de acompañamiento social expuesto en el Tablón del comité con el acuerdo integro en el acta de la 5 reunión.
Se acompaña el calendario de regulación a este comunicado. Expuesto a posible modificación sin repercusión excesiva sobre el actual.

La regulación comenzará como estaba previsto el día 17 de marzo y serán dos semanas completas. A la vuelta de estos días os informaremos con más detalle sobre como quedará distribuido el complemento, así como la manera en que se aplicarán los descuentos en las nóminas, a día de hoy lo desconocemos.

La empresa mañana repartirá un documento para gestionar a través de la misma la apertura de la prestación al INEM, el trabajador que no desee hacerlo a través de la misma deberá indicarlo en ese documento, para que la empresa le facilite la documentación necesaria. En el caso de que el trabajador opte por hacerlo por su cuenta en la oficina de INEM, una vez abierto el desempleo deberá comunicarlo a la empresa, para que esta conozca las bases de cotización y gestione las comunicaciones de los días que se vaya regulando. Para esta justificación el trabajador deberá entregar el documento que le facilitara el INEM.





Orkoien, 12 de Marzo de 2014
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07 marzo 2014

4ª REUNION NEGOCIACIÓN ERE



 







4ª REUNIÓN DE NEGOCIACIÓN DEL ERE

Hoy 7 de Marzo ha tenido la 4ª reunión de negociación del ERE de suspensión presentado por la empresa.
REDUCCIÓN DE JORNADA
Por motivos legales no le ven seguridad jurídica a algún punto de la propuesta de reducción de jornada, como por ejemplo la acumulación de las horas en los 6 primeros meses, así que solo aceptarían una reducción de jornada al uso.
CALENDARIO A 2 TURNOS
A la propuesta de un calendario a 2 turnos  presentada por el Comité la Empresa responde con sus cuentas que organizativamente es imposible debido a que operarios de la sección 1 no están formados para trabajar en montaje, a no ser que personal de la sección 1 absorberían puestos de trabajo de las subcontratas, (ISN, seguridad y 1 de mantenimiento), aún así la Empresa estaría dispuesta a aceptarla. Después de un receso y estudiar la propuesta el Comité la desestima por que no es equitativa, ya que los trabajadores que hacen los 3 turnos salen los más perjudicados al negarse la Empresa a pagar el complemento de nocturnidad.
Desde la parte social se entrega otro calendario de regulación alternativo que sería regulando casi todos los lunes y viernes del año fiscal. La Empresa dice que lo estudiará.

Se pide a la Empresa que incluya una clausula que si hay un beneficio entre el 2% y el 4% se compense a los trabajadores que regulen ese porcentaje.

A falta de una reunión para acabar el periodo de consultas, desde esta sección sindical vemos que la Empresa no está por la labor de llegar a un acuerdo beneficioso para el personal afectado por este ERE, permaneciendo inamovible en temas tan importantes como son el complemento a las prestaciones, suspensiones acordadas, descansos, bajas incentivadas etc.  

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04 marzo 2014

3ª REUNION NEGOCIACION ERE



      3ª REUNIÓN DE NEGOCIACIÓN DEL ERE
Hoy 4 de Marzo se ha celebrado la 3ª reunión para negociar el ERE de regulación de empleo. Se ha seguido el orden de la plataforma del Comité  como en la anterior  reunión.
FORMACIÓN
La empresa está dispuesta a aumentar las horas de formación desde las 13 horas que ya ha incluido en el expediente hasta las 20 horas anuales que indica la ley, pero no están dispuestos a acumular más horas en este mismo año debido a la incertidumbre de los próximos años. Esto supondría solamente la reducción de 1 día de regulación.
COMPLEMENTO
La empresa contesta al Comité que no va a complementar las prestaciones por desempleo diciendo que no hay nada más que hablar de este tema.
SUSPENSIÓN DEL ARTÍCULO QUE REDUCE 5’ DE DESCANSO
Siguen con el mismo planteamiento que en la anterior reunión de que se puede llegar a un acuerdo en este tema si tiene un coste económico en los trabajadores. Desde la parte social se le contesta que no sale a cuenta.
REORGANIZACIÓN DEL TRABAJO
Se solicita a la dirección que abra la posibilidad de que los trabajadores se puedan acoger a una reducción de jornada entre 1 y 4 horas. La Empresa contesta que se podría aceptar esta solicitud después de valorarla en función de la producción, pudiendo suspenderla si cambiasen las condiciones organizativas y funcionales de la planta. Esto estaría supeditado a que las solicitudes se entregarían antes del 1 de Abril, de todos modos queda pendiente de confirmación para la próxima reunión.
Desde el comité se plantea la idea de trabajar a 2 turnos (mañana y tarde) en vez de a 3, complementando la prestación por desempleo al personal que trabaja a 3 turnos con el plus de nocturnidad que dejaríamos de percibir por no hacer noches. Contestan que lo estudiarán para la próxima reunión.
BAJAS INCENTIVADAS
Aumentan la cuantía de las bajas incentivadas a 33 días por año con tope de 12 mensualidades, reservándose la Empresa el derecho de decidir a quien se la concede y a quien no, siempre que se entreguen las solicitudes antes del 1 de Abril, y siempre que se llegue a un acuerdo entre la Empresa y la parte social.
SUSPENSIONES TEMPORALES ACORDADAS
La empresa ya comunicó al Comité que estas suspensiones estarían abiertas para todo el personal, siendo de un año de duración, sin indemnización alguna, con derecho a reincorporación y el que no quiera reincorporarse tendría una indemnización de 33 días por año con tope de 12 mensualidades
MAYORES DE 55 AÑOS
Con el tema de los mayores de 55 años que por los años cotizados no llegan al contrato relevo, la Empresa valorará estos casos para intentar que no les afecte el expediente.   

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27 febrero 2014

2ª REUNIÓN NEGOCIACIÓN DEL ERE


2ª REUNIÓN NEGOCIACIÓN DEL ERE

Hoy 27 de Febrero se ha celebrado la 2º reunión de negociación del ERE de suspensión entre el comité de empresa y la dirección.
Explicamos punto por punto la contestación de la Empresa a la propuesta del Comité.
FORMACIÓN DEL PERSONAL
Pide el Comité que para reducir jornadas de regulación se haga un plan de formación para los trabajadores. La empresa contesta que ya ha incluido en el expediente un plan de formación de 13 horas. Desde la parte social se le indica que en la última reforma laboral otorga 20 horas anuales de formación, pudiendo acumular hasta 5 años que suponen100 horas en un año. Dicen que lo estudiarán.
COMPLEMENTO AL 100%
Se pide a la Empresa que complemente el salario hasta el 100% , estos contestan que no van a complementar nada porque ya han asumido muchos costes. Desde la parte social se les indica que cuando se solicitó la bajada de salarios era para poder cotizar la bomba más barata para conseguir nuevos clientes. Ya que los pedidos que tenemos a día de hoy estaban cotizados con el anterior gasto de personal la empresa tiene un beneficio extra a nuestra costa, concretamente entre los años 2013 y 2014 se ahorran más de un millón de euros. A todo esto hay que sumar el personal que ha abandonado la fábrica, subcontratas que han eliminado, bajadas de niveles, antigüedad y aumento de la capacidad productiva. El costo de complementar al 100% es menor al ahorro que la empresa tiene en estos años a costa nuestra.
SUSPENSIÓN DEL ARTÍCULO QUE REDUCE 5’MINUTOS DE DESCANSO
A la petición de que se suspenda el artículo del nuevo convenio que reduce en 5’minutos los descansos. La Empresa contesta que sería viable si repercutiese económicamente en los trabajadores, descontándose el equivalente en el sueldo.

REORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA
A una posible reorganización de la empresa que pudiera aminorar la regulación responden que no entienden de que se trata, y que si el Comité tiene propuestas que las presente. Desde la parte social se dice que han hecho el calendario de la forma más dañina para los intereses de los trabajadores perjudicando nuestra bolsa del paro, convirtiendo los 80 días de regulación en 112 días. Contestan que estarían dispuestos a estudiar otras propuestas.
BAJAS INCENTIVADAS Y SUSPENSIONES TEMPORALES ACORDADAS
La empresa propone para las bajas incentivadas lo que marca la ley para los despidos objetivos, 20 días por año trabajado con un tope de 12 meses para 70 trabajadores Se le contesta que con esto no incentivan a nadie.
Para las suspensiones temporales acordadas dicen que ya presentarán una propuesta.
MAYORES DE 55 AÑOS
La dirección de la empresa dice que estudiará los casos del personal que no pueda optar al contrato relevo por no haber cotizado los 30 años que dice La ley, la parte social se compromete a contactar con los posibles afectados para que traten el caso con Recursos Humanos.


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26 febrero 2014

PROPUESTA DEL COMITÉ PARA LA NEGOCIACIÓN ERE 2014



    Dado que este ERE es de caracter productivo, desde el Comité de Empresa, queremos trasladar la siguiente propuesta:

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INFORMACIÖN DESEMPLEO PARA EL ERE





Ante este ERE de regulación los trabajadores de kayaba tenemos que elegir entre dos bolsas de desempleo, es una elección muy importante porque la bolsa que desechemos se pierde para siempre.

También tenemos la opción  de no abrir el desempleo y asumir el coste económico de la regulación, para seguir acumulando la bolsa. 
Pero esta opción tiene el peligro de que en el caso de decidir abrir la bolsa una vez iniciado el ERE, el INEM te quitara todos los días que has asumido sin cobrar desde que inicio el ERE, sin pagarte ni un duro por esos días.


Bolsa vieja  esta es la bolsa que abrimos en 2005 de la cual nos quedan unos 20 meses. (Excepto a los  trabajadores que salieron con el acuerdo de 2009.) En esta bolsa el salario es menor y se cobraría la cuantía máxima prestación por desempleo de 2005, excepto los trabajadores con dos hijos que les bajaría un poco a partir del sexto mes.
En esta bolsa el importe diario de la prestación por desempleo es el 70% de la base reguladora durante los 6 primeros meses de derecho y el 60% a partir de dicho período.


Bolsa nueva la que hemos generado desde la última regulación de 2009 hasta 2014 en la cual la mayoría de los trabajadores tenemos generados 18 meses, a pocos días de conseguir los 20 meses. (Excepto a los  trabajadores que salieron con el acuerdo de 2009.) En esta bolsa el salario es mayor y durante los seis primeros meses cobraríamos la cuantía máxima de la prestación por desempleo de 2014 todos los trabajadores, pero a partir del sexto mes a los trabajadores con uno y dos hijos les bajara la prestación del máximo porque el importe diario de la prestación por desempleo es el 70% de la base reguladora durante los 6 primeros meses de derecho y el 50% a partir de dicho período.

                       CUANTIA MAXIMA DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO

Diaria
Mensual


2005
2014
2005
2014

Sin hijos
31,97
36,24
959,18
1087,20

Con 1 hijo
36,53
41,41
1096,2
1242,52

Con 2 hijos
41,11
46,59
1233,23
1397,83
                                                   

                                                        
           








                                
                           COMO CALCULAR LA BASE REGULADORA

Para conocer la cuantía de la prestación que le corresponde hay que calcular la base reguladora sumando las bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días cotizados a la Seguridad Social y dividirla entre 180. Si durante esos 180 días hubiera, reducido su jornada de trabajo, las bases de cotización se considerarán como si hubiera trabajado a jornada completa.
                               
                                         TABLA PERIODOS  DE COTIZACIÓN                                                            
                                           
Período de cotización (en días)                                          
Período de prestación   (en días)
Desde 360 hasta 539
      120   (4 meses)
Desde 540 hasta 719
      180   (6 meses)
Desde 720 hasta 899
      240   (8 meses)
Desde 900 hasta 1.079
      300   (10 meses)
Desde 1.080 hasta 1.259
      360   (1 año)
Desde 1.260 hasta 1.439
      420   (1 año y 2 meses)
Desde 1.440 hasta 1.619
      480   (1 año y 4 meses)
Desde 1.620 hasta 1.799
      540   (1 año y 6 meses)
Desde 1.800 hasta 1.979
      600   (1 año y 8 meses)
Desde 1.980 hasta 2.159
      660   (1 año y 10 meses)
Desde 2.160
      720   (2 años)

Para saber exactamente cuántos días tenemos acumulados de cada bolsa nos podemos pasar por  el INEM solicitando cita previa en el teléfono: 948-990579


LOS TRABAJADORES AFECTADOS POR UN ERE TEMPORAL                                              NO PODRAN RECUPERAR SU PRESTACIÓN DE PARO
Los empleados cuyas empresas apliquen ERE de reducción o suspensión a partir de este año, no podrán recuperar la parte de paro que hayan consumido. Hasta ahora, los trabajadores cuyas empresas llevaban a cabo expedientes de empleo temporales o de suspensión de jornada recuperaban su prestación de paro una vez que estos terminaban: el servicio público de empleo le reponía hasta un máximo de 180 días de los que hubieran consumido de su prestación.  Para que los trabajadores no fueran víctimas colaterales de estas medidas, sus prestaciones de desempleo se reponían una vez que finalizaba el expediente de su empresa. De esta forma, si más tarde eran despedidos –ya que la empresa no lograba salir a flote–, podían cobrar su prestación de forma casi íntegra, sin descontar lo que habían percibido mientras duró el expediente. Sin embargo, el Gobierno no ha manifestado su determinación de prorrogar esta medida. Fuentes de Empleo aseguran que, de momento, no hay intención de hacerlo.


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